NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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23 de septiembre de 2014
 
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RESUMEN DE JORNADA DE LA NUEVA LEY DEL SUELO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com del urbanismo de la Comunidad Valenciana. Interesante jornada realizaeda por el despacho de abogados Cuatrecasas. Gonçalves Pereira, en el Hotel Westin de Valencia en la que se trató el efecto medioambiental en la tramitación de los planes urbanísticos en suelo urbano consolidado, para que los ayuntamientos ejerzan de «órgano ambiental» incluida en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana, Lotup mediante una enmienda transaccional pactada entre el PP y el PSPV-PSOE, durante la aprobación de la ley en las Corts. Se trata de minimizar el impacto territorial generado por los núcleos de viviendas en el suelo no urbanizable. En la evaluación ambiental y territorial estratégica de planes y programas participan la administración pública, estatal, autonómica o local, que inicia el procedimiento para la elaboración y adopción de un plan o programa y, en consecuencia, debe integrar los aspectos ambientales y territoriales en su contenido a través de un proceso de evaluación ambiental y territorial estratégica. Los planes y programas de iniciativa privada se tramitarán por el órgano promotor público competente. Podrá delegarse el ejercicio de las competencias en esta materia en los ayuntamientos, siempre que se trate de planes que afecten única y exclusivamente a la ordenación pormenorizada definida en la presente ley y se acredite disponer de medios técnicos y personales necesarios para el ejercicio de la competencia.
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Esta nueva competencia municipal se adopta en aplicación de la ley de evaluación ambiental estratégica, en vigor desde diciembre de 2013, que obliga a aplicar dos tipos de evaluación ambiental: la ordinaria y la simplificada. 

La Conselleria de Territorio será la que tramitará la evaluación ambiental ordinaria que se equiparará y aplicará al plan general estructural: el documento de tramitación autonómica que establece las líneas maestras de crecimiento urbanístico de un municipio, con los espacios protegidos, el suelo urbano o el terreno dedicado a infraestructuras. Los ayuntamientos, sobre todo los grandes y medianos, serán los encargados de tramitar la evaluación ambiental simplificada, que se equipara al plan general pormenorizado: los planes urbanísticos que desarrollan en detalle el crecimiento de una ciudad y que, siempre que no modifiquen el plan general estructural, sólo tendrán una supervisión municipal. 

Según explicó el subdirector general de Evaluación Ambiental y Estratégica, Enrique Martí Selva, esta decisión se ha adoptado, para «evitar que la tramitación pormenorizada de un plan general fuera más lenta». Martí Selva añadió que la medida «no se generalizará para todos los municipios, sobre todo porque hemos pensado en los ayuntamientos más pequeños de menos de 5.000 habitantes, que sólo tienen un técnico y unas pocas horas a la semana y que no pueden asumir esta carga de trabajo, sino que servirá para las poblaciones grandes y medianas». Ciudades como Valencia y Gandía ya se han interesado por cómo aplicar esta nueva norma legal, admitió Martí Selva.

Gerardo Roger valoró positivamente en su intervención esta decisión adoptada por la Generalitat «porque de lo contrario se podría complicar la tramitación de actuaciones sencillas como edificar un solar en la Gran Vía o cambiar el uso en una parcela de viviendas a oficinas. Para este tipo de actuaciones no tiene ningún sentido que intervengan los órganos ambientales. Se tratará de modificaciones con minúsculas de los planes generales pormenorizados». 
 


 

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