NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

28 de julio de 2014
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

DELITOS URBANÍSTICOS EN EL ÁMBITO MUNICIPAL
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com de delitos urbanísticos. El Tribunal Supremo confirma la pena para un aparejador municipal y la del promotor de una obra ilegal en suelo protegido en Sant Mateu. El arquitecto queda absuelto, aunque el tribunal considera «profesionalmente inadecuado» el trabajo que realizó
Herramienta práctica > Guías prácticas

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de un año y medio de cárcel que la Audiencia Provincial de Balears impuso al exaparejador municipal del Ayuntamiento de Sant Antoni, Miguel Ángel Martí Miralles, por un delito continuado de prevaricación urbanística al dictaminar favorablemente una obra ilegal en suelo protegido en Sant Mateu. La condena incluye la inhabilitación para empleo y cargo público durante ocho años y medio.

El Tribunal Supremo ratifica la condena para el promotor de la obra, Frans Wong Lun Hing, y absuelve al arquitecto Francesc Negre Rigol, en respuesta al recurso de casación interpuesto por los tres acusados por delitos contra la ordenación del territorio y continuado de prevaricación urbanística. El único que ha obtenido respuesta favorable es el de Negre Rigol. Los condenados deberán demoler las obras ejecutadas, que ocupan en total 395 metros cuadrados.

La conducta del ex aparejador municipal, según la sentencia, «incorpora todos los elementos integrantes de la infracción, es decir, emisión de informes favorables por funcionario público, a sabiendas de su injusticia, respecto de aspectos tales como la construcción o edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas de ordenación territorial o urbanística vigentes».

El Tribunal Supremo señala que lo que se le atribuye a Martí Miralles, en su condición de arquitecto técnico municipal, es que emitió informes favorables contrarios a la norma aplicable con pleno conocimiento de tal irregularidad. Además, los cinco magistrados que componen la Sala de lo Penal del Alto Tribunal destacan en la sentencia, hecha pública ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Balears ( TSJB), que el delito se comete con la emisión de los informes, sin necesidad de que den lugar a adoptar decisión administrativa alguna.

La Sala confirma la condena a nueve meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio al promotor de las obras Wong Lun Hing, quien, según la sentencia, conocía la ilicitud de su conducta y por eso buscó una situación de clandestinidad, alterando incluso el número de expediente en el cartel que figuraba en la obra.

El Tribunal Supremo absuelve ahora del delito contra la ordenación del territorio al que fue condenado por la Audiencia Provincial el arquitecto Negre Rigol, porque se limitó a elaborar el proyecto de modificación de la vivienda, sin que conste que tomase parte en la ejecución de la misma.

La Sala concluye que no existe dicho delito, aunque «pueda calificarse de profesionalmente inadecuado» el trabajo realizado por Negre Rigol, el único que ha tenido éxito con su recurso de casación.

Según la sentencia que firmó un tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Balears, los hechos sucedieron después de que el promotor Wong Lun Hing adquiriese en 2004 un terreno ubicado en la zona de Can Pou, en Sant Mateu, calificado como suelo rústico no urbanizable, en el que anteriormente había sido construida una vivienda unifamiliar de planta baja y de un total de 40 metros cuadrados.

Un año después, el procesado solicitó permiso de obra para reformar y ampliar el inmueble preexistente, que preveía una ampliación total de 137,9 metros cuadrados con sótano, previa tramitación de un expediente de legalización de la vivienda. En este contexto, el aparejador municipal de Sant Antoni emitió un informe técnico favorable haciendo constar que el proyecto básico de la reforma cumplía la normativa, a sabiendas de que no era así.

Iniciadas las obras por la constructora Wong Ibiza S.L., de la que el promotor es administrador único, este solicitó en 2007 al Ayuntamiento de Sant Antoni permiso para modificar el proyecto básico y de ejecución de la reforma y ampliación de vivienda y piscina, redactado por el arquitecto y también acusado Negre Rigol, ahora absuelto por el Tribunal Supremo.

Tras ello, Martí Miralles emitió un informe en el que hacía constar que las modificaciones cumplían la ley, «con el más absoluto desprecio a la normativa aplicable, que obligatoriamente debía conocer por razón de su cargo», según la resolución judicial hecha pública ayer por el TSJB, y más en concreto en relación a la Ley de Espacios Naturales y Régimen Urbanístico, sin contar además con el informe previo necesario de la Comisión Insular de Urbanismo del Consell de Ibiza. 
 
 


 

Copyright © inmoley.com.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior
Volver al índice

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com