17 de octubre
de 2014
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RESUMEN DE JORNADA DE NUEVO CURSO
DEL URBANISMO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía práctica inmoley.com del urbanismo de la C. Valenciana.
Curso sobre Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana –LOTUP
y su relación con la normativa estatal del suelo y la Administración
Local organizado por el Colegio de Secretarios, Interventores, y Tesoreros
de Administración Local de Valencia
Herramienta práctica
> Guías
prácticas
Ha sido inaugurado por el concejal
de Urbanismo del Ayuntamiento de Valencia, Alfonso Novo, que ha señalado
que “la nueva Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje
de la Comunitat Valenciana (LOTUP) es una norma práctica y eficaz,
que surge en un contexto generalizado de crisis económica y plantea
el futuro de la actividad urbanística como un instrumento fundamental
y necesario para facilitar la implantación racional de actividades
económicas en el territorio”.
La necesidad del curso se debe a
que la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana –LOTUP
afecta directamente a las administraciones locales y autonómica;
a los profesionales técnicos y de administración general
que en ellas desarrollan su actividad; a los profesionales que en el ámbito
privado vinculan su actividad con el urbanismo de manera directa o indirecta
en cualquiera de los aspectos objeto de la presente Ley; y a todos los
ciudadanos propietarios de suelo o inmuebles.
Según Alfonso Novo, la nueva
ley da respuesta a la dispersión normativa, sistematiza y clarifica
el marco competencial vigente y unifica la tramitación ambiental
y urbanística. A tal efecto sustituye y deroga una serie de leyes
y normas reglamentarias de gran incidencia. En total son 5 leyes y 2 reglamentos,
de manera que se reduce en más del 75% el número total de
artículos, que pasan de más de 1.200 a 269.
Alfonso Novo ha resaltado que junto
a la simplificación, “el incremento de la seguridad jurídica
es un valor importante de la nueva Ley para clarificar el marco legal,
aumentar la transparencia para el urbanismo, el medioambiente y la ordenación
del territorio, las condiciones de igualdad, los derechos de los propietarios
y sus relaciones con el urbanizador en el marco de la actividad urbanística”.
Así, “el hecho de establecer
unas reglas claras desde el inicio de cualquier procedimiento permitirá
a los agentes que operen en el territorio conocer los criterios ambientales
y territoriales sobre dichos instrumentos”, ya que la nueva ley contempla
la incardinación de la tramitación ambiental con la urbanística
lo que genera un procedimiento sin desajustes, más garantista y
más ágil en los plazos respecto de cómo se venía
desarrollando en la época anterior.
Alfonso Novo ha incidido en que
la LOTUP para adaptarse a la correspondiente situación económica
establece tratamientos diferentes para situaciones distintas, adaptadas
a las demandas del mercado (priorización de las intervenciones en
la ciudad existente frente a la expansión sobre suelos no transformados,
soluciones para asentamientos en el medio rural, regulación especial
para municipios pequeños e instrumentos especiales para aquellas
iniciativas generadoras de empleo).
Consecuentemente, “la aplicación
de esta Ley ha de ser clave para la recuperación del sector ya que
introduce nuevos cauces de actuación destinados a impulsar la actividad,
como por ejemplo, mediante medidas que proporcionan a las empresas constructoras
de pequeño tamaño la posibilidad de construir y rehabilitar
la ciudad consolidada, cuando exista la demanda para ello”.
Alfonso Novo ha apuntado que esta
norma contempla una situación que ni la Ley del Suelo ni la anterior
LUV preveían, un aspecto que quizás pueda pasar desapercibido,
pero que, en los tiempos de crisis en el sector de la construcción
y de paralización urbanística generalizada se ha evidenciado
como alternativa especulativa muy rentable que está afectando directamente
de forma grave a los recursos económicos de los Ayuntamientos a
través la aplicación de la figura de la expropiación
por ministerio de la ley tras adquirir suelos dotacionales poco antes de
formular esta solicitud”.
“Concretamente, en su artículo
104, atiende la inquietud que el Ayuntamiento de Valencia planteó
en sus alegaciones, y establece barreras a este afán especulativo
a través de la exigencia de años de permanencia del bien
en propiedad del solicitante o de la inclusión de los terrenos en
un sector o unidad de ejecución al efecto de su gestión”,
ha concluido el Concejal, que ha finalizado su intervención con
su deseo de que la nueva ley “sirva para muchos años”.
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