NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

11 de diciembre de 2013
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

URBANISMO. VIVIENDAS ILEGALES EN LA RIOJA Y EL PROBLEMA DE LA EJECUCIÓN O DERRIBO INEJECUTABLE
Convertir conocimiento en valor añadido:  guía práctica inmoley.com de viviendas ilegales y del urbanismo de la Rioja. Viviendas ilegales en la Rioja y el problema de la ejecución o derribo inejecutable
Herramienta práctica >  Guías prácticas: urbanismo.

PGM de Lardero

El largo proceso judicial de los edificios 'Alfil' y 'Argos' concluyó definitivamente el pasado mes de marzo con una nueva sentencia del Tribunal Supremo que confirma la ilegalidad de los edificios, situación que el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma habían querido revertir con el reconocimiento a la parcela en el actual Plan General Municipal (PGM) de una tipología de vivienda diferente y disminuyendo las distancias mínimas entre viviendas.

En este sentido, el actual PGM de Lardero, aprobado por la Comisión de Urbanismo en el año 2007, aumentó en dos metros la altura a las edificaciones a la parcela sobre la que se asientan los edificios y cambió también la tipología de viviendas de residencia unifamiliar adosadas, que tiene el resto de la manzana, a residencial colectiva en edificación abierta para la parcela en cuestión. Es decir, lo que se pretendía era adaptar la normativa a la realidad de las edificaciones de forma específica para la parcela en cuestión.

Sin embargo, los vecinos de las urbanizaciones colindantes recurrieron la aprobación del PGM y el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) les dio la razón parcialmente -pedían la anulación completa del plan- en junio del año 2009 al declarar «contraria a derecho» la ordenación pretendida. «La edificación de la parcela 54 sufre una importante modificación con respecto a la legislación urbanística -explicaba la sentencia-, hasta el punto de hacer legal lo que antes no lo era».

«El PGM -continúa- concede una tipología de vivienda colectiva en edificación abierta en planta baja más dos elevadas en lugar de vivienda unifamiliar con planta baja y una elevada; sin embargo esta modificación no se aplica al resto de las edificaciones de la avenida San Pedro, lo que nos lleva a considerar que los cambios operados en el PGM de la parcela 54 no responden a una nueva ordenación integral de la Avenida San Pedro ni a necesidades de interés público».

El Ayuntamiento recurrió ante el Supremo dicha sentencia y el Alto Tribunal da por zanjado el asunto con un nuevo fallo que confirma íntegramente el inicial del TSJR y condena de nuevo a costas al Consistorio.

Asimismo, el Supremo ha obligado a la Comunidad Autónoma a publicar la resolución del TSJR en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) «para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia». La publicación se produjo el pasado 18 de julio y ahí queda constancia de la ilegalidad de los edificios en cuestión, si bien están a salvo de demolición, ya que ésta fue declarada inejecutable por los propios tribunales.
 


 

Copyright © inmoley.com.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior
Volver al índice

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com