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15 de octubre
de 2013
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URBANISMO.
BALEARES: VIVIENDAS ILEGALES EN SUELO RÚSTICO
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y viviendas ilegales. Baleares: viviendas ilegales en suelo rústico.
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urbanismo.
La Conselleria d'Agricultura, Medi
Ambient i Territori cifra en unas 40.000 las viviendas levantadas en suelo
rústico de forma ilegal en Mallorca. Una serie de construcciones
que, aunque no todas, sí la gran mayoría podrán acogerse
a la 'amnistía' dispuesta en la recién redactada Ley del
Suelo y, en un plazo de tres años, regularizar su situación.
No obstante, desde el departamento
que dirige Gabriel Company recuerdan que «esta disposición
puede ser objeto de cambios en la tramitación parlamentaria y que,
de momento, no es una norma que esté en vigor». Sin embargo,
la mayoría absoluta que tiene el PP en el Parlament hace suponer
que no existirá impedimento alguno para que el documento legislativo
sea ratificado dentro del primer trimestre de 2014.
Una vez la normativa sea 'activada'
por el Consell de Mallorca -administración competente en disciplina
urbanística-, podrán acogerse a ésta las edificaciones
ilegales sobre las que haya prescrito la infracción. Desde el Govern
recuerdan que, «desde 1990, el plazo de prescripción es de
ocho años, que se interrumpe, naturalmente, si la construcción
es objeto de apertura de expediente sancionador, y siempre que se trate
de suelo rústico común. No ocurre lo mismo en suelo rústico
protegido, donde las infracciones no prescriben», añaden desde
el Ejecutivo. Por otro lado, no todas las edificaciones podrán adherirse
al proceso de regularización. Las mismas fuentes consultadas recuerdan
que la Ley del Suelo establece que «solo podrán acogerse viviendas
o edificios vinculados a actividades agrarias. No podrán legalizarse
almacenes de productos no agrarios, fábricas, etc», advierten.
En cuanto al procedimiento a seguir,
en primer lugar, hay que presentar una solicitud al ayuntamiento correspondiente,
acompañada de un proyecto, pagar tasas, impuestos y el recargo del
15, 20 o 25 por ciento según regularice el primer, segundo o tercer
año de 'amnistía'.
La norma establece también
que, aunque el edificio a legalizar no cumpla los requisitos urbanísticos,
sí debe cumplir el resto de requisitos legales como el de habitabilidad,
si se trata de una vivienda, así como exigencias de tipo medioambiental.
Desde la conselleria apuntan que este aspecto «es muy importante
y es una de las razones de ser de la propia disposición».
Son muchos los casos de casas ilegales construidas en los años 80
y 90 con fosas sépticas no homologadas, con condiciones de habitabilidad
precarias y que sus propietarios -que igual ya no son lo que construyeron
el inmueble, herederos o compradores-, legalmente, no pueden adecuar la
casa o instalar una fosa séptica homologada, pues el consistorio
le exige que la vivienda originaria sea legal. «Se da la paradoja
es que esta gente, hasta ahora, o bien se ha mantenido en una situación
que perjudica al interés general o se ha visto obligada a hacer
esas obras de forma ilegal», concluye el Govern.
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