NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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9 de junio de 2014
 
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CARACTERÍSTICAS DEL LEASING INMOBILIARIO.
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com del leasing inmobiliario. Características legales del leasing inmobiliario. Sujetos del leasing inmobiliario. El Leasing (o arrendamiento financiero) es un con¬trato de arrendamiento de bien mueble o inmueble con derecho a adquirirlo al final de la vida del mismo. 
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El leasing es una operación a tres bandas.

• El Arrendatario, es el empresario, es el titular de la operación, elige los bienes que necesita, el pro¬veedor del que adquirirlos y las condiciones del precio.

• El Vendedor.

• El Comprador y arrendador, es el banco, que en lugar de prestar el dinero va a adquirir del vende¬dor el bien elegido y lo arrendará con una opción de compra para cuando finalice el contrato.
Arrendatario

persona física o jurídica la cual desea acceder a un determinado bien que necesariamente debe ser un activo fijo afecto exclusivamente a explotación, en este caso, bien inmueble. 

Arrendador (Entidad de leasing que compra el inmueble para arrendarlo)

Entidad de leasing que efectúa la compra al vendedor y la arrienda durante un periodo de tiempo pactado hasta que se ejerce la opción de compra. En España, están legalmente autorizados para realizar operaciones de leasing: 

• Los Bancos.

• Las Cajas de Ahorro.

• Las Cajas Rurales y Cooperativas de Crédito.

• Los Establecimientos Financieros de Crédito.

Plazo del leasing inmobiliario.

La duración mínima del contrato debe ser de 10 años. 

Si financia la adquisición de un inmueble, el plazo mínimo del contrato será de 10 años. En esto no difiere de la hipoteca que puede tener un plazo de hasta 35 años.

Riesgos del leasing inmobiliario.

Por lo general, el arrendatario corre a cargo de los riegos técnicos y de obsolescencia del bien. 

La opción de compra.

Como regla general se financia el 100 % de la inversión, hay que pensar que el banco tiene la garantía de la propiedad del bien hasta que el arrendatario, no ejercita la opción de compra. En la hipoteca no siempre es así, el porcentaje de financiación es menor.

La opción de compra es un elemento esencial. La cuota de la opción a compra debe ser como mínimo por el importe de las cuotas anteriormente pagadas.

Irrevocabilidad.

El contrato es irrevocable, salvo acuerdo de las partes. 
 
 

 


 

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