NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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26 de marzo de 2014
 
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NUEVA LEY DEL SUELO DE BALEARES
Convertir conocimiento en valor añadido:  Nueva ley del suelo de Baleares. ¿Qué regula la Ley del suelo? Los  ejes  vertebradores  de  esta  ley  son  la  simplificación  y  racionalización  del  planeamiento,  la  gestión  y  la  disciplina  urbanística,  con  el  objetivo  de  facilitar  determinadas  actuaciones  que  permite  la  norma,  pero  también  de  ser  más  contundente con las actuaciones ilegales. La Ley establece una regulación integral de  la actividad urbanística, por lo que regula, entre otros aspectos, el régimen jurídico  del  suelo,  los  planes  urbanísticos,  la  ejecución  de  las  nuevas  urbanizaciones  y  las  actuaciones en zonas urbanas  las obras de edificación y el régimen de infracciones y  sanciones.  Queda  fuera  del  ámbito  de  la  Ley,  la  regulación  de  los  usos  y  las  actividades en el suelo rústico, que ya tienen una normativa específica autonómica y  una regulación precisa por medio de los planes territoriales. 
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Con  esta  Ley  por  primera  vez  se  fija  una  regulación  integral  de  la  normativa  urbanística en las Illes Balears, la única comunidad autónoma que no disponía de  una  norma  marco  en  esta  materia.  La  Lous  sustituye  una  docena  de  normas  dispersas e incorpora normativa más reciente, como la Ley estatal 8/2013, de 26 de  junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, o la Ley 7/2012, de 13  de junio, de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible. 

El  espíritu  de  la  Ley  es  ser  una  norma  marco  que  respete  las  competencias  normativas,  con  rango  de  reglamento,  de  los  consejos  insulares. Por  ello,  con  carácter  general,  la  Ley  da  a  los  consejos  insulares  la  posibilidad  de  desarrollar  reglamentariamente  las  cuestiones  que  pueden  ser  objeto de  puntos  de  vista  divergentes.  También  da  a  los  municipios  de  más  de  10.000  habitantes  la  posibilidad  de  aprobar  definitivamente  los  planes  parciales  y  especiales  y  las  modificaciones  no  estructurales  de  los  planes  generales.  En  el  resto  de  casos,  la  aprobación  del  planeamiento  corresponde  a  los  consejos  insulares, excepto  en  el  caso de Palma, que se rige por la Ley de capitalidad. 

PRIORIDAD A LA REGENERACIÓN URBANA Y AGILIZACIÓN ADMINISTRATIVA 

Uno de los principales ejes de la Ley es que prioriza las actuaciones de regeneración  y renovación urbanas en detrimento de las que persiguen la transformación de suelo  rústico en urbano. En este sentido, se consolida la contención del crecimiento del  suelo  urbanizado  que  establece  la  Ley  6/1999,  que  aprobó  las  directrices  de  ordenación  del  territorio,  las  DOT,  y  que  fue  el  comienzo  de  un  modelo  de  contención del crecimiento que se ha concretado en los planes territoriales de cada  isla. 

En  materia  de  construcción  y  edificación, el  texto  agiliza  la  tramitación  de  las  licencias de obra, ya  que prevé que los ayuntamientos puedan sustituir la licencia  urbanística  por  una  comunicación  previa  para  las  obras  menores,  aunque  en  determinados casos, como las obras en suelo rústico protegido o las edificaciones  nuevas, quedan fuera de esta posibilidad. También se regula por primera vez por ley  la  inspección  técnica  de  edificios  (ITE):  se  fija  un  régimen  básico  que  deben  desplegar  los  ayuntamientos,  y  un  régimen  sancionador  para  quien  incumpla  la  obligación de pasar la ITE. 

ENDURECIMIENTO DE LAS SANCIONES 

La norma endurece el régimen sancionador respecto de la legislación actual y amplía  la  responsabilidad  por  infracciones  a  las  personas  que  hayan  cooperado  con  el  infractor  o  hayan  hecho  posible  que  se  cometiera  la  infracción  (promotores,  técnicos,  funcionarios,  autoridades,  etc.).  También  se  da  más  competencias  a  los  consejos  para  intervenir  en  el  suelo  rústico:  los  consejos  pueden  ordenar  la  suspensión  inmediata  de  las  obras  sin  licencia  en  suelo  rústico  sin  tener  que  requerirlo antes en el ayuntamiento. 

Finalmente,  la  Ley  incluye  un  procedimiento  para  incorporar  a  la  ordenación  los  edificios  en  suelo  rústico  que  estén  en  situación  irregular  pero  contra  los  que  la  Administración  ya  no  pueda  actuar.  Se  trata  de  un  procedimiento  reclamado  por  muchas  administraciones  locales  y  por  entidades  representativas,  la  activación  quedará  en  manos  de  cada  consejo.  Durante  tres  años  desde  que  se  active,  se  permitirá  regularizar  edificios  sujetos  a  usos  que  no  sean  de  interés  general  (básicamente usos agrarios y viviendas) por medio de un procedimiento municipal,  pagando, además de los gastos ordinarios, una prestación del 15% al 25 % del coste  de ejecución material según el año en que se legalicen. No pueden acogerse a esta  medida  los  edificios  que  se  levantaron  en  suelo  protegido,  los  que  estén  en  áreas  protegidas por la Ley de espacios naturales (LEN) se pueden acoger si acreditan que existían antes de marzo de 1991. 

ANTECEDENTES

NUEVA LEY DEL SUELO DE BALEARES
Nueva ley del suelo de Baleares. Tramitación parlamentaria.

La Ley del Suelo balear, que incorpora la posibilidad de legalizar viviendas construidas en suelo rústico no protegido, pasará su primer trámite parlamentario con el rechazo por parte del PP de las enmiendas a la totalidad presentadas por PSOE y Més, para quienes el texto favorece la "especulación urbanística" y "tiene indicios de inconstitucionalidad", según afirmó ayer el portavoz adjunto del grupo socialista, Vicenç Thomàs. El portavoz del Més, Biel Barceló, se expresó en el mismo sentido y criticó duramente la "amnistía urbanística" a los infractores. Frente a ellos, la popular Virtudes Marí rechazó que se tratara de una "amnistía urbanística" y sostuvo que la posibilidad de legalizar construcciones en las que el delito ya ha prescrito supone una medida "valiente" para "afrontar la realidad".

Vicenç Thomàs consideró que la Ley impulsada por el Govern supone facilitar la "edificación en rústico", además de marginar a los consells insulars, que tienen las competencias en esta materia. Biel Barceló, por su parte, resaltó que se trata de una Ley que "no responde a las necesidades" de Balears sino que "busca consolidar el modelo que defiende el Govern" para urbanizar más territorio. La "amnistía urbanística" es, a su juicio, un ejemplo de esta intencionalidad que además provocará "agravios" a quienes han cumplido con la legalidad y a los ayuntamientos que han hecho cumplir la normativa urbanística.

La popular Virtudes Marí rechazó estas acusaciones y recordó que la posibilidad de legalización no incluye a las edificaciones en terrenos protegidos. Destacó que en los otros casos la realidad es que esas edificaciones se encuentran construidas y que, al haber prescrito la infracción, ya no se puede actuar contra ellas, mientras que con esta iniciativa se podrán regularizar si sus propietarios pagan los permisos y una sanción. "Negar la realidad es lo que habíamos hecho hasta ahora", sostuvo Marí quien recordó que Ley contempla esta posibilidad pero que será cada consell insular el que decidirá si la aplica, por lo que se respeta las competencias de las instituciones insulares.
 

 


 

 

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