NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

19 de mayo de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
REFORMA DE LA LEY DE MONTES 
¿Qué aprendo?
Se analiza en las guías prácticas inmoley.com del urbanismo. La Comisión de Medio Ambiente del Congreso de los Diputados ha aprobado, y enviado al Senado, el proyecto de Ley de Montes, por la que se reforma el vigente texto de 2003. Seprohíbe que se cambien los usos de los terrenos forestales incendiados al menos durante 30 años. Eso sí, establece que "con carácter singular" las comunidades autónomas podrán acordar excepciones a estas prohibiciones siempre que "concurran razones imperiosas de interés público de primer orden". Sólo se puede aplicar sobre montes públicos no catalogados, lo que se dispone para prevenir el eventual lucro privado por el cambio de uso, y además la prevalencia debe ser definida por una norma con rango de ley, lo que exige un proceso de participación pública y un pronunciamiento con sede en la soberanía popular.
Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas

 
Además, incorpora una serie de incentivos fiscales para fomentar la explotación forestal y el empleo rural. Por ejemplo, establece una reducción del 10 por ciento en el impuesto de sociedades a las sociedades forestales en los gastos e inversiones destinados a la conservación, mejora, protección y acceso del monte. Igualmente, plantea que los propietarios que cedan los derechos de sus terrenos a las sociedades forestales queden exentos de tributar las plusvalías.

A su vez, incluye medidas para combatir la tala ilegal de madera, y por eso se incluyen las medidas que permitan la efectiva aplicación en España de los reglamentos comunitarios en materia de lucha contra la tala.

Para mejorar la gestión de los montes, en la ley hay una nueva clasificación en función de su titularidad (pública o privada) porque antes era "confusa", y según desempeñen un servicio público, (que es lo que condiciona que un monte tenga que cumplir unos requisitos de gestión). Así, se diferencian cuatro categorías nuevas de montes.

En materia de gestión, se establece la posibilidad de que las comunidades autónomas aprueben unos modelos técnicos de gestión, a los que se pueden adherir voluntariamente los propietarios forestales que cumplan con las condiciones que marquen las autoridades autonómicas competentes, considerándose estos montes ordenados. De este modo, dice que se simplifican los procedimientos actualmente vigentes y se eliminan los costes asociados.

Plantea que para poder constituir un monte de socios, aunque este comience a iniciativa de varios o de uno solo de sus propietarios, sea necesario contar con el acuerdo de cuatro quintas partes de los titulares conocidos y su formalización por escrito.

Una vez que todos los propietarios sean identificados, y se establecen las formas de lograrlo en el texto del proyecto de Ley, quedará disuelta la sociedad de Montes de Socios y pasará a regir con las reglas de régimen de bienes en proindiviso. Si quedan cuotas vacantes, estas serán afectadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El objetivo en este ámbito es lograr que las juntas gestoras se constituyan ante la administración más próxima al monte y garantizar la seriedad y la imparcialidad en el proceso y mantener la transmisión familiar de las partes conocidas.
 


 

 
 
 
 
 

 

Copyright © inmoley.com Todos los derechos reservados. El uso anagramas,  símobolos o información sin autorización expresa de inmoley.com  y al margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com, será perseguido judicialmente.








Privacidad. Cookies. Aviso: Leer aquí antes de continuar

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior