NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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13 de diciembre de 2013
 
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URBANISMO. LA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS ILEGALES EN ANDALUCÍA
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística y viviendas ilegales, y urbanismo de Andalucía. La regularización de viviendas ilegales en Andalucía
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 La consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, ha afirmado en el Parlamento andaluz que la reconducción a la legalidad de las viviendas fuera de ordenación no "puede ser rentable para el infractor ni puede generar costes a las Administraciones públicas". Según Serrano, esta problemática es una "responsabilidad de todos y no sólo una función administrativa", por lo cual es preciso avanzar hacia una nueva cultura del territorio, en la que la sostenibilidad se entienda como sinónimo de calidad y buen orden territorial.

En opinión de la consejera, "es preciso anteponer, ante todo el principio de legalidad está por encima de cualquier consideración y, en particular, la eficacia del planeamiento urbanístico, como garante del buen orden territorial".

Durante su intervención, la titular de la consejería ha recordado que según las Leyes de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y de la Autonomía Local de Andalucía, la disciplina y protección de la legalidad urbanística corresponde a los ayuntamientos, mientras que a la Junta se le atribuye la intervención en determinados actos para la tutela de bienes o derechos de interés general. En este sentido, la legislación delimita un ámbito de responsabilidad compartida entre la Administración autonómica y la municipal como es la inspección urbanística y, en general, las tareas preventivas.

Junto a estas dos leyes, destaca el Decreto 2/2012 que regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en Andalucía en suelo no urbanizable. Esta norma tiene como objeto favorecer la incorporación de dichos asentamientos al planeamiento urbanístico y clarificar las distintas situaciones en las que se encuentran las edificaciones aisladas en suelo no urbanizable, estableciendo el régimen jurídico aplicable a cada una de ellas.

De esta manera, el Decreto regula los requisitos y procedimientos para integrar los asentamientos, de acuerdo con el modelo territorial y urbanístico, en la ordenación de los Planes Generales de Ordenación Urbana, como una vía de reconducirlos a la legalidad. En este caso, la incorporación se realiza mediante la clasificación como suelo urbano no consolidado o como suelo urbanizable, siempre y cuando se trate de asentamientos contiguos a núcleos ya existentes.

Otra forma que recoge esta normativa para reconducir a la legalidad a estas edificaciones es la de Hábitat Rural Diseminado, que contempla una incorporación en el PGOU en suelo no urbanizable o incluso en suelo no urbanizable de especial protección, siempre que la normativa que los regule sea compatible con la preservación de los valores naturales.

Según Serrano, este Decreto aborda también la solución de otras situaciones, como las de las "edificaciones en situación de asimilado a fuera de ordenación" (AFO), conocidas también como 'alegales'. Estas obras son las que se han realizado infringiendo la normativa urbanística y sobre las que han transcurrido ya los plazos para poner en marcha medidas de protección y restauración de la legalidad urbanística. Es decir, las edificaciones realizadas de forma irregular y que esta irregularidad haya prescrito.

En opinión de la consejera la declaración de una edificación asimilada a fuera de ordenación no modifica el carácter ilegal de la misma, sino que garantiza la habitabilidad sostenible de las viviendas que se encuentren en esa situación, posibilitando el acceso a los suministros básicos (luz, agua,...). Con ello se permite a la Administración imponer a los propietarios medidas compensatorias que garanticen la seguridad de las edificaciones y su entorno; y en cierta forma su acceso al registro de la Propiedad. En definitiva, la declaración de AFO, una competencia exclusivamente municipal, supone "un reconocimiento de uso digno de las viviendas o edificaciones, siempre y cuando se haya seguido el procedimiento legalmente establecido, además de garantizar la habitabilidad y seguridad de las mismas".

Durante su intervención Serrano ha declarado que su departamento continuará desarrollando la labor de inspección urbanística para evitar nuevas situaciones irregulares y restaurar situaciones de ilegalidad en curso o ya existentes. Para ello, Andalucía cuenta con un Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo vigente para el periodo 2013-2016, el tercero que se pone en marcha en nuestra comunidad, para asegurar el cumplimiento de la legalidad territorial y urbanística.

Por último, la titular de la Consejería ha afirmado que la Junta reforzará la colaboración con los Ayuntamientos y con el resto de instituciones implicadas, con el fin de analizar y estudiar las situaciones concretas que existen en todo el territorio andaluz. De esta manera, se pretende seguir avanzando en la mejora de la normativa para dar respuestas y también prevenir y controlar en la comunidad autónoma este complejo problema urbanístico.
 


 

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