NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

13 de febrero de 2014
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

EDIFICACIÓN. ¿QUÉ DEBE HACER EL PROMOTOR CUANDO EL CONSTRUCTOR NO QUIERE ABANDONAR LA OBRA?
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com relacionada: edificación y obra y contrato de obras. ¿Qué debe hacer el promotor cuando el constructor no quiere abandonar la obra?. 
Herramienta práctica > Guías prácticas

Si el constructor no abandona la obra, el promotor podría actuar de dos formas:

a) Interponer un juicio verbal (acción interdictal) contra el constructor considerando su negativa al abandono como un despojo de la posesión por la vía del artículo 250.1.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

b) Interponer una demanda exigiendo el cumplimiento contractual o su resolución así como una medida cautelar que pretenda el desalojo del constructor y la reanudación de los trabajos por la vía del artículo 727. 7ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Llevará  aparejado el ofrecimiento al Juzgado de un aval bancario que garantice los posibles perjuicios económicos ocasionados al constructor por el desalojo de la obra.

Salvo previsión contractual en contra, la posesión jurídica de la obra es del promotor si éste es el dueño del inmueble. El constructor es un servidor de la posesión, es decir, mantiene una posesión instrumental sobre la obra que le impide excluir la posesión que los propietarios o el promotor ostentan sobre lo edificado. Lo anterior ha sido estudiado en sede de Audiencias Provinciales de las que se destacan: SAP de Madrid de 8 de enero de 2004, SAP de Valencia de 3 de junio de 1998, SAP de Murcia de 11 de enero 1995,  entre otras.

No es infrecuente que en el contrato de obra, a modo de garantía de pago, el constructor se  haya reservado la posesión jurídica frente al promotor.

 


 

 

Copyright © inmoley.com.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior
Volver al índice

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com