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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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26 de junio de 2017
 
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NULIDAD DE PLANEAMIENTO PARA AMPLIAR UN CENTRO COMERCIAL EN VALLADOLID
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las precauciones urbanísticas en las ampliaciones de centros comerciales.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado nula de pleno derecho la aprobación por silencio de la Modificación Puntual para la ampliación de Vallsur. Es un tema importante porque se refiere a la nulidad de pleno derecho de la aprobación definitiva por silencio administrativo de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en la confluencia de la Avenida de Zamora con el Paseo de Zorrilla, para el entorno del Centro Comercial Vallsur. El recurso que ha derivado en este pronunciamiento anulatorio fue presentado por la Asociación Cultural Ciudad Sostenible. Y entre los fundamentos se señala, "como se había puesto de manifiesto en reiteradas ocasiones por el Concejal de Urbanismo", conforme a lo que se expresaba en el recurso de la Asociación citada, "que las facultades urbanísticas del derecho de propiedad, entendidas como las relativas al uso del suelo, incluidas el subsuelo y el vuelo, y en especial su urbanización y edificación, se ejercerán dentro de los límites y con el cumplimiento de los deberes establecidos en las Leyes y en el planeamiento urbanístico y que en ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo facultades urbanísticas en contra de lo dispuesto en las Leyes o en el planeamiento urbanístico".

Así, apunta que no cabe aprobar por silencio "instrumento alguno de planeamiento que contenga determinaciones manifiestamente contrarias a la normativa urbanística o la legislación sectorial o cuyo procedimiento de elaboración y aprobación no haya cumplido" adecuadamente.

En este caso, continúa la sentencia, "se ha producido una diferente zonificación o alteración del uso de los espacios libres públicos existentes, hipótesis que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo de la Ley reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León, "requiere consulta preceptiva de este órgano consultivo", consulta que, y esto no es discutible, no ha tenido lugar".

El texto señala como "posible" que "el sistema local de equipamientos públicos resulte de imposible encaje en la transformación urbana". Como se explica en la misma sentencia, "por decirlo de forma sencilla, si existe una zona verde no puede eliminarse para incrementar ya la edificabilidad comercial y dejar sin embargo para más adelante la determinación de dónde va a reponerse aquélla, con el incremento proporcional derivado del aumento del volumen edificable".

En la sentencia se constata que el proyecto de ampliación de la edificabilidad comercial implicaba la eliminación de zonas verdes, sin que existiera un informe del Consejo Consultivo de Castilla y León.  
 
Susana Ordóñez, presidenta de la Asociación Cultural Ciudad Sostenible, dijo en la SER que "el ultimo chalaneo urbanístico del Gobierno municipal del PP, su despedida, contraria a los intereses públicos generales y contrarios a la legalidad urbanística, no ha sido admitida por la Justicia. Lamentamos la posición e implicación de la Consejería de Fomento y la Dirección General de Urbanismo en esta y otras muchas actuaciones urbanísticas y medioambientales que sistemáticamente tumban los Tribunales, sin que nadie asuma responsabilidad alguna"
 


 
 
 
 
 

 

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