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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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10 de mayo de 2017
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

VÍDEO DE CALIFICACIÓN Y CÁLCULO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las ventajas de una auditoría energética.
La calificación energética se determina a través de varios indicadores que permiten explicar las razones de un buen o mal comportamiento energético del edificio y proporcionan información útil sobre los aspectos a tener en cuenta a la hora de proponer recomendaciones que mejoren dicho comportamiento. Estos indicadores, en base anual y referidos a la unidad de superficie útil del edificio, se obtendrán de la energía consumida por el edificio para satisfacer, en unas condiciones climáticas determinadas, las necesidades asociadas a unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación, que incluirá la energía consumida en: calefacción, refrigeración, ventilación, producción de agua caliente sanitaria y, en su caso, iluminación; a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico así como la calidad del aire interior.


 


Los indicadores principales o globales de eficiencia energética son: las emisiones anuales de CO2e; el consumo anual de energía primaria no renovable. Estos indicadores principales incluyen el impacto de los servicios de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y, en usos distintos al residencial privado (vivienda), de iluminación, así como la reducción de emisiones o consumo de energía primaria no renovable derivada del uso de fuentes de energía renovables.

Los indicadores complementarios de eficiencia energética son:

  • La demanda energética anual de calefacción;
  • La demanda energética anual de refrigeración;
  • El consumo anual de energía primaria no renovable desagregada por servicios;
  • Las emisiones anuales de CO2e desagregada por servicios;
  • Las emisiones anuales de CO2e desagregada por consumo eléctrico y por otros combustibles.
  • Los servicios considerados en los indicadores complementarios son los de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y, en edificios de uso distinto al residencial privado (vivienda), también el de iluminación.
Las unidades empleadas para expresar estos indicadores serán: el kWh por m2 de superficie útil del edificio, para valores de demanda o consumo, y el kgCO2e por m2 de superficie útil del edificio, para valores de emisiones.

CÁLCULO DE LA CALIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

El cálculo de la calificación de eficiencia energética se realizará considerando unas solicitaciones exteriores y unos perfiles de uso que se establecen en el Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación (CTE) en función de los distintos usos de los edificios. Se emplearán los disponibles en el Apéndice C de la Sección HE1 del DB-HE (perfiles de uso normalizados de los edificios). En uso terciario se podrán adoptar perfiles diferentes a los normalizados, cuando reflejen adecuadamente el uso del edificio y se documenten adecuadamente en un anexo al certificado de eficiencia energética. Los procedimientos de cálculo deberán ajustarse a las condiciones establecidas en este documento y a las fijadas en el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación (CTE) en lo referido a “Procedimientos de cálculo del consumo energético” y “Procedimientos de cálculo de la demanda”.

Para el cálculo de la demanda y el consumo energético los procedimientos deben tener en cuenta, de forma detallada o simplificada, la evolución hora a hora de los procesos térmicos, el comportamiento de las instalaciones así como las aportaciones de energía procedente de fuentes renovables. También, los procedimientos deben tener en cuenta la categorización de los espacios del edificio definida en el DB-HE, diferenciando entre espacios habitables y espacios no habitables, y distinguiendo los espacios habitables según su carga interna (baja, media, alta o muy alta) y nivel de acondicionamiento (acondicionados o no acondicionados).

También, en cumplimiento del marco general común del cálculo de la eficiencia energética de los edificios recogido en la Directiva 2010/31/CE, los procedimientos deben permitir tener en cuenta, de forma detallada o simplificada, y dentro de su alcance específico, los siguientes aspectos en relación al comportamiento energético del edificio:

a) las siguientes características térmicas reales del edificio, incluidas sus divisiones internas:
1) capacidad térmica,
2) aislamiento,
3) calefacción pasiva,
4) elementos de refrigeración, y
5) puentes térmicos;
b) la instalación de calefacción y de agua caliente, y sus características de aislamiento;
c) las instalaciones de aire acondicionado;
d) la ventilación natural y mecánica, lo que podrá incluir la estanqueidad del aire;
e) la instalación de iluminación incorporada (especialmente en la parte no residencial);
f) el diseño, emplazamiento y orientación del edificio, incluidas las condiciones climáticas exteriores;
g) las instalaciones solares pasivas y protección solar;
h) las condiciones ambientales interiores, incluidas las condiciones ambientales interiores proyectadas;
i) las cargas internas;
j) la incidencia positiva de los siguientes aspectos, cuando resulten pertinentes:
1) condiciones locales de exposición al sol, sistemas solares activos u otros sistemas de  calefacción o producción de electricidad basados en energía procedente de fuentes renovables;
2) electricidad producida por cogeneración;
3) sistemas urbanos o centrales de calefacción y refrigeración;
4) iluminación natural. 


 
 
 
 
 

 

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