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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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16 de septiembre de 2016
 
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EL SUPREMO PONE ORDEN EN EL URBANISMO CATALÁN PARA ZONAS INUNDABLES
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del impacto medioambiental y en la guía del urbanismo de Cataluña. El Tribunal Supremo ha resuelto en contra de la Generalitat y el ayuntamiento de Vic y lo ha hecho en un tema muy sensible en el urbanismo catalán, el riesgo de inundaciones. Queremos centrarnos en la Protección estructural frente a inundaciones en zona de Vic que aparece en el Estudio Ambiental Estratégico del Plan de gestión del riesgo de inundación del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (PGRI). El Plan de gestión del riesgo de inundación del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (PGRI), recoge el conjunto de medidas para la gestión del riesgo de los efectos negativos que puede comportar este fenómeno natural especialmente con respecto al desarrollo derivado de las interacciones humanas de los entornos afectados por la inundación. Este Plan no responde a un instrumento de la planificación hidrológica, sino que se trata de un instrumento de coordinación que incorpora más medidas de lo que son estrictamente hidrológicas y corresponden en cambio al ámbito de la protección civil, la ordenación del territorio y urbanismo y a otros. Las medidas hidrológicas se incorporan también al PMH, que es el programa que integra información técnica proveniente de los PEF. Este PMH dispone de su propio Estudio Ambiental Estratégico.
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación del Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) de Vic, que se aprobó por unanimidad en diciembre de 2010.

La sentencia sostiene que el POUM debía haber sido sometido por segunda vez al trámite de información pública, dado que se introdujeron modificaciones sustanciales al proyecto inicialmente aprobado.

Además de anular el POUM por la omisión de ese trámite, el Supremo avala el argumento del TSJC de que el POUM permitía edificar en terreno con riesgo de inundabilidad grave, lo que vulnera la Ley de Urbanismo de Cataluña.

"No se puede planificar sin resolver previamente el tema de los sistemas generales, en este caso, de comunicación por encauzamiento de ríos, edificando y urbanizando primero para encajar luego los sistemas que fuesen necesarios, sino que debe actuarse al revés (...)", mantenía el TSJC en su sentencia, ahora ratificada. 

El TS rechaza así los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de Vic y la Generalitat. La sentencia, al igual que ya lo hizo el TSJC, detecta defectos formales en la tramitación del POUM, ya que considera que se efectuaron unas "modificaciones sustanciales" tras la aprobación inicial del documento, que "justificaban un segundo trámite de información pública”. Además, también detecta que en el sector que ocupaba la antigua fábrica Genís Antel, el POUM previó poder edificar en un terreno con "riesgo grave de inundación". La empresa que compró el terreno, Life Promomed Vic SL, es quien interpuso la demanda por los perjuicios económicos que podía suponer.

El Ayuntamiento de Vic y la Generalitat de Cataluña interpusieron en marzo de 2015 un recurso de casación en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que anulaba el POUM de Vic. Esta sentencia venía motivada por un recurso interpuesto por la empresa Life Promoved, que pedía la impugnación de los acuerdos de la Comisión de Urbanismo de la Cataluña Central del 19 de julio y 21 de diciembre de 2010, correspondientes a la aprobación definitiva del POUM de Vic. El Supremo considera que no puede prosperar ninguna de las alegaciones presentadas por el consistorio de Vic y la Generalitat e impone a las dos partes de las costas procesales que se hayan derivado del recurso. La empresa Life Promomed Vic SL, propietaria del sector de Genís Antel -donde antiguamente había habido una fábrica del sector -, decidió presentar un contencioso-administrativo contra el POUM al considerar que se trataba de un ámbito inundable y que las medidas propuestas por el documento urbanístico no resolvían esta condición. Algunos de los argumentos que esgrime la sentencia para declarar nulo el POUM es que hay "defectos formales" en su procedimiento. Según recoge la sentencia, tras la aprobación inicial del POUM por parte del Ayuntamiento, el documento incorporó "modificaciones sustanciales", que requerían de un nuevo trámite de exposición pública, hecho que no se produjo. Además, también hace referencia a los terrenos inundables del sector Genís Antel. El POUM contemplaba destinar una tercera parte de este espacio -de 35.000 metros cuadrados- a usos residenciales y poder construir 369 viviendas. Ante la sentencia del TSJC, el Ayuntamiento de Vic ya puso en marcha a principios de este año la maquinaria para elaborar un nuevo POUM.  
 

VER ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO DEL PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DEL DISTRITO DE CUENCA FLUVIAL DE CATALUÑA (PGRI)


 
 
 
 
 

 

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