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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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1 de agosto de 2016
 
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LEGALIZACIÓN DEL URBANISMO DE JOVEN FUTURA 
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Murcia y guía de cooperativas de viviendas. La recalificación del suelo sobre de Joven Futura ha sido aprobada por el ayuntamientos después de que el Supremo anulara la modificación número 50. El problema de fondo era la ausencia del certificado de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) garantizando el suministro de agua para la aprobación de nuevas urbanizaciones también ha pasado factura al ayuntamiento de Murcia. Antonio Navarro, concejal de Urbanismo, señaló que el problema era una cuestión «formal», ya que la sentencia del Supremo apuntaba a la falta de un informe. «Si no se aprobase crearíamos un gueto y daríamos una patada a la ordenación del territorio», aseguró, además de aclarar a la oposición que el PP «solo quiere subsanar el problema sin perjudicar a 1.500 familias, y no recalificar el suelo».
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Fuente Jovenfutura.org


 
Este acuerdo era necesario en ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo y, cumpliendo las directrices de los informes jurídicos pertinentes, que preveían la necesidad de retomar el procedimiento a partir de la aprobación inicial y su remisión a la Comunidad Autónoma. De esta manera, tal y como apuntó el concejal de Urbanismo, «se subsana una cuestión formal y evitamos que se produzca un perjuicio a las 1.500 familias que viven en Joven Futura».

DECLARACIONES

El socialista José Ignacio Gras recordó durante su intervención la posición contraria que el PSOE mostró en su momento a la transformación del suelo, por ser «una reclasificación inapropiada y una desprotección de la huerta». Además, Gras indicó que «no es cierto que el informe de la CHS sobre los recursos hídricos de la zona no se adjuntara, sino que cuando se emitió fue negativo». El socialista justificó la abstención de su grupo para preservar la garantía jurídica a los propietarios y planteó la posibilidad de una modificación puntual del plan general que afecte solo a Joven Futura, ya que «no queremos que se reclasifique para que sea una zona de alta densidad de población. Queremos que se proteja Joven Futura pero no que haya presión urbanística» y anunció que los socialistas presentarán «una moción de urgencia para pedir que se inicie la tramitación de una nueva modificación del actual Plan que afecte a los suelos no edificados para su reclasificación a terreno de huerta».

Por su parte, desde Ciudadanos, Carlos Peñafiel instó a buscar a los responsables y a quien «levantó la mano en su momento», al igual que Sergio Ramos de Cambiemos Murcia, que abogó por «una ciudad cohesionada, en lugar de encontrar todas las viviendas de jóvenes en un mismo sitio, sin repartirlo por todo el municipio», y aprovechó para pedir más tiempo para este resolver este tema.

«Estamos a favor de que se solucione la situación de los vecinos afectados, pero esto no puede servir para reclasificar terrenos de huerta que no están construidos», explicó Alicia Morales de Ahora Murcia.
 

ANTECEDENTES SEPTIEMBRE 2015

La ausencia del certificado de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) garantizando el suministro de agua para la aprobación de nuevas urbanizaciones también ha pasado factura al ayuntamiento de Murcia. Tras la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Puerto Lumbreras, por incumplir el artículo 25.4 de la Ley de Aguas e intentar justificar la disponibilidad de caudales con el agua procedente de la desaladora de Escombreras, el Supremo ha anulado la reclasificación del suelo que ocupa la urbanización Joven Futura, en Espinardo, en la que actualmente viven más de 1.500 familias, y que también fue aprobada por la Comunidad Autónoma sin el informe favorable de la CHS.

El incumplimiento de la Ley de Aguas puede llevarse por delante todos los convenios urbanísticos aprobados por el Ayuntamiento sin el informe favorable de la Confederación. El fallo de la Sala de lo Contencioso del Supremo destaca que «los planes de las comunidades autónomas o de las entidades locales 'que comporten nuevas demandas de recursos hídricos' es tan precisa, clara y rotunda que adquiere plena virtualidad por sí misma en cuanto impone la necesidad de solicitar y obtener tal informe».

En el caso de Joven Futura, la Sala concluye que la falta del informe de la CHS determina la nulidad del instrumento de planeamiento en su conjunto «debido al carácter preceptivo y vinculante del mismo». Asimismo, explica que «no consta que dicho informe haya sido solicitado». En concreto, el recurso contencioso-administrativo fue presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia del 15 de noviembre de 2013 por la que se desestimaba el recurso dirigido contra la Orden resolutoria del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma de 24 de junio de 2005, relativa a la aprobación definitiva de la modificación del PGOU. Esta modificación permitía la reclasificación de suelo de huerta no urbanizable en urbanizable residencial de protección pública y alta densidad.

El Supremo recuerda en su sentencia que la Ley de Aguas, en su redacción original, establecía que «las Confederaciones Hidrográficas debían emitir un informe previo, en el plazo y supuestos que reglamentariamente se determinen, sobre los actos y planes que las comunidades autónomas hayan de aprobar en el ejercicio de sus competencias, entre otras, en materia de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, espacios naturales, pesca, montes, regadíos y obras públicas de interés regional». Conocida la sentencia, los partidos de la oposición coincidían ayer en que se trata de «una prueba más del urbanismo a la carta» llevado a cabo por el PP en el municipio. PSOE, Ahora Murcia y Cambiemos Murcia, pidieron explicaciones al PP por ser «el responsable de la reclasificación de los terrenos de Joven Futura».


 
 
 
 
 

 

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