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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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8 de junio de 2016
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
DISCIPLINA URBANÍSTICA Y ARQUITECTOS MUNICIPALES SIN PLAZA DE FUNCIONARIO
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística. Según una denuncia presentada ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, 1.500 ayuntamientos de Cataluña, Madrid y Castilla la Mancha han contratado “arquitectos honorarios”, “arquitectos honoríficos” o “asesores urbanísticos” en lugar de sacar a concurso público la plaza de arquitecto municipal. Según dicha denuncia, estos ayuntamientos, 850 en Cataluña, 600 en Castilla la Mancha y 100 en Madrid, “desempeñan funciones públicas, reservadas a funcionarios y por tanto a empleados públicos”. Un hecho que podría conllevar “la posible nulidad de pleno derecho de los expedientes administrativos y la posible incursio?n en los tipos penales de prevaricación, malversación de caudales, nombramiento ilegal y usurpación de funciones publicas”.
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Estos arquitectos honoríficos que no son funcionarios realizan informes preceptivos e inspecciones urbanísticas en numerosos Ayuntamientos sin ser empleados públicos. Esta situación ya se puso de manifiesto por el informe del CSCAE, Consejo Superior de los Colegios de Arquitecto de España, que empieza: “La práctica colegial viene en los últimos años poniendo de manifiesto un incremento de situaciones irregulares, derivadas del incumplimiento del régimen de Incompatibilidades profesionales y deber de abstención de los Arquitectos que prestan sus servicios a Administraciones Públicas, en especial a Ayuntamientos, bien sea en calidad funcionarial, laboral u “honorífica”.

Además, firmar un Acta de Inspección es una verdadera intrusión en una tarea reservada a funcionarios, como emitir informes al amparo de una competencia funcionarial ligada a las características de su puesto de trabajo y al servicio público. 

El personal laboral y el eventual no puede realizar tareas reservadas a funcionarios que sin embargo transitoriamente sí podrán realizar los funcionarios interinos.  

Entre las funciones que deben realizar los arquitectos municipales, se encuentra el informe previo antes de la concesión de las licencias urbanísticas, de actividad,  funcionamiento o ambientales. La denuncia presentada contra los ayuntamientos de Cataluña, Madrid o Castilla la Mancha podría ampliarse al resto de regiones españolas, ya que esta práctica es habitual entre los ayuntamientos pequeños y medianos.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha ha decretado la ilegalidad que suponen los falsos arquitectos municipales, tras presentarse una denuncia que afectaba al municipio de Pastrana en Guadalajara: “Los informes técnicos deberán ser redactados por  persona titulada competente  o en caso de ausencia de este por el personal con igual calificación de la correspondiente Diputación”.

Recientemente, la Inspección de Trabajo reclamaba 3 millones de euros a 187 ayuntamientos de la provincia de Valencia. Según este organismo del ministerio de Empleo, los técnicos de arquitectura e ingeniería contratados por estos ayuntamientos se deberían incluir en el régimen general de la Seguridad Social y no como autónomos.
 


 
 
 
 
 

 

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