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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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21 de junio de 2016
 
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INDEMNIZACIONES MUNICIPALES POR ANULAR UNA LICENCIA DE OBRAS A INSTANCIA DE COLINDANTE
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de licencias urbanísticas y guía del urbanismo de Galicia. Se trata de un caso en el que tras el recurso de un colindante, el ayuntamiento anula una licencia urbanística. Los promotores afectados llevan el asunto a los tribunales y consiguen una indemnización. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Concello de Sanjenjo al pago de una indemnización, en concepto de responsabilidad patrimonial, a las empresas “Promociones Bergueiro SL”, en la cantidad de 17.056 euros y a “In Proservi Salnés SL”, en la cantidad de 68.252 euros, con los intereses legales desde la fecha de la reclamación en vía administrativa hasta su pago. A fecha de hoy esta cantidad ronda los 15.000 euros.
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La sentencia recoge también que no procede por parte del Concello exigir a la mercantil “In Proservi Salnés SL” el importe de 20.332 euros pendiente de abono por el fraccionamiento y aplazamiento de pago del ICIO correspondiente al proyecto de construcción de un edificio en Fonte de Ons, número 14, en A Revolta, que finalmente no se ejecutó al dictar la extinta Xerencia de Urbanismo una resolución que anulaba la licencia concedida inicialmente.

El expediente urbanístico que da origen a la referida sentencia se remonta al año 2008, con la concesión de una licencia a favor de la empresa citada para la demolición de una edificación existente en un solar en el que posteriormente tramitarían licencia para levantar un edificio.

El 28 de octubre de 2010 la mercantil obtiene licencia de obras para la construcción de un edificio compuesto de dos sótanos, bajo, tres pisos y bajo cubierta, con garajes y catorce viviendas en el lugar de Fonte de Ons número 14.

El 23 de enero de 2012, la Xerencia de Urbanismo anula la licencia concedida dos años antes atendiendo un recurso de reposición presentado el 24 de febrero de 2011 por un vecino y colindante con la parcela en la que se iba a levantar el edificio, dejando sin efecto y anulando el acta administrativa de cesión de terrenos afectados por las alineaciones fijadas por el planeamiento municipal.

Promociones Bergueiro SL y a “In Proservi Salnés SL iniciaron un proceso de reclamación patrimonial, argumentando que el derribo de la vivienda inicial como paso previo a la construcción del edificio, les había generado un desembolso y unos daños de los que responsabilizaba al Concello de Sanxenxo, tales como la redacción del proyecto.

El TSXG considera que son indemnizables los honorarios por dirección de las obras iniciadas y el coste de estas, así como los correspondientes a la redacción del proyecto básico y de ejecución para la construcción del edificio, los de redacción del estudio de seguridad y salud y los del coste de mantenimiento del aval que se había constituido porque los gastos generados no son atribuibles al criterio equivocado del interesado, sino al de la Administración.

Los recurrentes cuantificaron sus daños en 270.046 euros y además solicitaban que se declarase no procedente que el Concello les exigiese 20.332 euros pendientes de abono por fraccionamiento y aplazamiento de pago del ICIO.

El TSXG les reconoce el derecho a percibir 85.309 euros por estos conceptos, que sumados a los aproximadamente 15.000 euros en concepto de interés llevan al Concello a tener que abonar 100.309 euros.
 


 
 
 
 
 

 

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