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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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12 de abril de 2016
 
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LA EXCUSA URBANÍSTICA DE LAS AUTONOMÍAS: LAS COMPETENCIAS PERTENECEN A LOS AYUNTAMIENTOS. 
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística y viviendas ilegales. La dejadez en la supervisión urbanística por parte de las comunidades autónomas siempre se escuda en que las competencias urbanísticas son municipales, así que obligan al particular denunciante a acudir a la justicia administrativa a sabiendas de que los ayuntamientos incumplen las sentencias urbanísticas. Esta situación se produce en prácticamente la totalidad de las autonomías y es injusta porque una cosa son las competencias y otra la supervisión, que es claramente autonómica. Por ese motivo resulta de especial interés un artículo publicado por el periódico la razón, en el que denuncia que en Andalucía, sólo ha habido veintiséis demoliciones de construcciones ilegales en siete años. 
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Ése es el balance de la actividad de control urbanístico realizada por el Gobierno andaluz entre 2008 y 2014, cuyas estimaciones de viviendas que escapan a la Ley rondan las 300.000. Durante ese período, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio abrió 5.438 expedientes de investigación, reduciendo su intensidad ostensiblemente en el último año, cuando se registraron 686, un 15% menos que en 2013. Cincuenta y seis acabaron en sanción y 26 en derribo. Así se recoge en la respuesta escrita facilitada por la Dirección General de Urbanismo a los Ecologistas Juan Clavero y Juan Antonio Morales, miembros del Consejo Andaluz de Ordenación del Territorio y Urbanismo y quienes formularon la solicitud en octubre de 2014, según consta en el sello del Registro General de la Junta. La respuesta, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, no llegó hasta nueve meses después, el 16 de junio pasado.

De un total de nueve puntos trasladados en su consulta, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se desliga de seis, aduciendo que las competencias pertenecen a los ayuntamientos. En su respuesta, asegura desconocer, entre otros parámetros, el número de viviendas ilegales (o irregulares) existentes en suelos clasificados como no urbanizables, las parcelaciones ilegales, así como casos de ambas situaciones que se han visto beneficiadas por la modificación del artículo 185 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) o las regularizadas en base al decreto 2/2012 por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable.

La Consejería admite también que ignora el «número de viviendas ilegales en suelos clasificados como no urbanizables cuya infracción no ha prescrito al no haber transcurrido seis años de su completa terminación o por estar incurso en algunos de los supuestos estipulados de la LOUA». «Únicamente cada uno de los municipios puede y debe conocer realmente el número de edificaciones irregulares y de parcelaciones implantadas en su territorio», razona en su escrito la Consejería, que conmina a los Ecologistas a «dirigirse a los ayuntamientos correspondientes». E insiste en que «la Administración autonómica no conoce, de forma precisa y detallada, los datos solicitados pese a la coordinación o colaboración que en el desempeño de la disciplina urbanística se presta por esta comunidad autónoma a los ayuntamientos para el ejercicio de esta competencia que tienen atribuida».

La Dirección General de Urbanismo tampoco ofreció información sobre el «número de expedientes sancionadores de protección de la legalidad urbanística y de restablecimiento del orden jurídico perturbado que se han incoado por los ayuntamientos andaluces en las dos últimas décadas, y cuántos han culminado con la demolición de lo ilegalmente construido y con la reposición de la realidad física alterada», como marca la Ley. Sí detalla la actividad relativa los expedientes incoados subsidiariamente por la Junta, aunque lo hace solo parcialmente. Ecologistas en Acción requería conocer la acción del Gobierno andaluz en las últimas dos décadas y la Administración regional se limita a trasladar la «ejecución global» inspectora desde 2008, justificándose en que en tal año «se lleva a cabo la implantación de una aplicación informática que permite cuantificar de forma ágil y precisa las actuaciones realizadas». Sobre los anteriores a 2007 elude notificarlos amparándose en la dificultad de su recopilación, dejando así en el aire las supuesta eficacia de las tareas de vigilancia antes de la creación del cuerpo de inspectores de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, cuya primera promoción tomó posesión en octubre de 2008.
 


 
 
 
 
 

 

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