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8 de marzo de 2016
 
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PLAN PARCIAL CALES I ATALAIES DE VILLAJOYOSA
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de la Comunidad Valenciana. Una sentencia del Tribunal Supremo ha confirmado la anulación del Plan Parcial Cales i Atalaies de La Vila. El Ayuntamiento tendrá que volver a redactar y aprobar un nuevo planeamiento para la zona pero ya con las directrices de la nueva ley urbanística valenciana. El plan parcial anulado se redactó cuando estaba vigente la antigua LRAU. La nueva sentencia del Supremo ratifica aquella del TSJCV y considera que el plan fue declarado «nulo de pleno derecho» y que por lo tanto «no admite convalidación», por lo que se debería producirse una nueva y distinta tramitación administrativa. Además estima que la forma en la que se produjo la aprobación plenaria (sin la mayoría cualificada) constituye una «flagrante infracción legal» que «contamina el plan parcial», haciéndolo «radicalmente nulo», por lo que este trámite «no puede ser subsanado».
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El Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por el Ayuntamiento de La Vila Joiosa y la Generalitat contra la anulación del Plan Parcial Cales i Atalaies que había dictado en 2014 en Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano. La sentencia, que se hizo pública ayer, está fechada el pasado 25 de febrero e impone, además, las costas procesales a las dos administraciones. El Ayuntamiento vilero deberá volver a tramitar y aprobar el Plan Parcial aplicando la normativa que establece la Ley Urbanística Valenciana (LUV).

El Supremo ratifica otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 7 de mayo de 2014, que ya declaró nulo el plan, y desestima el recurso de casación que interpusieron en su día tanto el Ayuntamiento de La Vila como al Generalitat Valenciana. La sentencia es de 23 de febrero pero fue notificada al Ayuntamiento el pasado 4 de marzo. 

La consecuencia directa es que este sector, que está prácticamente desarrollado en su totalidad a falta de dos o tres parcelas, queda fuera de ordenación. 

El Ayuntamiento tramita un nuevo plan parcial y hasta que esté aprobado y entre en vigor, el desarrollo de la zona impide hacerse edificaciones ni concederse licencias de obras ni reparaciones más allá de las estrictamente dirigidas al mantenimiento de lo ya construido para evitar su deterioro. 

El origen del conflicto se remonta al 4 de julio de 2002, cuando el pleno del Ayuntamiento vilero aprobó el Plan Parcial de Mejora 2 del sector PP-1 Cales i Atalaies con mayoría simple en lugar de con mayoría absoluta, como era obligatorio, ante la ausencia de un concejal del PP. Un año mas tarde, el 29 enero de 2003, el Consell mediante resolución aprobó el plan de forma definitiva. Sin embargo, el 27 de junio de 2006 el TSJCV declaró nulos tanto el acuerdo plenario como el decreto de Conselleria. Entonces lo que hizo el Ayuntamiento fue volver a aprobar el plan, esta vez sí ya con mayoría absoluta, en un pleno el 20 de julio de 2006. Una decisión que suponía la ratificación del anterior acuerdo plenario de 2003 en lugar de anularlo y hacer una tramitación nueva, y que pretendía dar validez a la primera aprobación con carácter retroactivo. La Generalitat Valenciana reforzó el comportamiento del Ayuntamiento mediante una resolución de la Conselleria de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, de 25 de octubre de 2010 (cuatro años después), en la que daba el visto bueno al segundo acuerdo plenario. Pero la justicia volvió a tumbar los acuerdos y a reafirmarse en la anulación del Plan Parcial en mayo de 2014 a raíz de un recurso presentado por un ex edil independiente del ayuntamiento vilero ante el TSJCV. Argumentaba que cuando se trató de dar validez a la aprobación del plan con carácter retroactivo, éste ya había sido anulado. Es decir, jurídicamente ya no existía y no se puede convalidar algo que no existe. 
 

 
ANTECEDENTES  2014 

El TSJ anula el plan parcial Cales i Atalaies, donde se han concedido multitud de licencias y del que recibió edificabilidad el Atrium 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana decidió anular en una sentencia del pasado 7 de mayo el Plan Parcial de Mejora 2 del sector PP-1 Cales i Atalaies, lo que puede tener consecuencias nefastas para el Ayuntamiento, si bien este fallo ha sido recurrido en casación al Tribunal Supremo. 

Si el Tribunal Supremo ratifica la sentencia, el Ayuntamiento debería volver a tramitar y aprobar el plan parcial, aplicando en este caso la normativa que establece la Ley Urbanística Valenciana (LUV) en cuanto a su exposición pública y las disposiciones transitorias pertinentes. 

Y puede ser difícil porque desde 2003 en ese ámbito urbanística el Ayuntamiento no ha dejado de dar licencias a pesar de la judicialización del mismo, instrumentos que podrían ser anulados judicialmente uno a uno. 

El pleno de La Vila aprobó el 4 de julio de 2002 el plan parcial Cales i Atalaies, pero la ausencia de un edil del PP provocó que la decisión se adoptara por mayoría simple. Luego, el 29 de enero de 2003 una Resolución del Consell lo aprobó definitivamente. El TSJ ya declaró la nulidad de estos acuerdos el 27 de junio de 2006. 

Sin embargo, el Ayuntamiento de La Vila, para evitar volver a tramitar el plan parcial ya con la LUV vigente, y otorgarle a la sentencia carácter de ejecución, ratificó la aprobación de 2003 anulada por el TSJ en otro pleno el 20 de julio de 2006, menos de un mes después de la sentencia, decisión que fue ratificada de nuevo por resolución de Juan Cotino, entonces Conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda el 25 de octubre de 2010. 

De forma insólita, para dotar de validez a una resolución que declaraba nulo un plan parcial, el Ayuntamiento volvió a aprobarlo con carácter retroactivo, dando validez a todos los instrumentos de planeamiento y de gestión aprobados al amparo del plan anulado, sin cobertura jurídica y amparándose en un supuesto cumplimiento de la sentencia que no se correspondía con la misma, al haber sido declarado nulo y no ser susceptible de convalidación, como reconoce el fallo del mes pasado. 

Fue entonces cuando el entonces edil de Iniciativa Independiente, Pedro Lloret, volvió a recurrir a la justicia, que también le ha vuelto a dar la razón por segunda vez frente a un acto de chulería de dos administraciones difícil de entender que le ha costado al Ayuntamiento mucho dinero en abogados y una caterva de problemas urbanísticos sin resolver que van para largo. 

Esta y decenas más de decisiones del PP en materia urbanística han dejado un término municipal desolado y al Ayuntamiento arruinada tras una ristra de sentencias judiciales contrarias. Sin embargo, en La Vila nadie ha sido condenado por ello; es más, ni siquiera ninguno de sus responsables ha asumido responsabilidad política alguna.


 
 
 
 
 

 

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