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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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18 de febrero de 2016
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
LAS PRISAS MUNICIPALES POR ADATARSE A LA NUEVA LEY DEL SUELO DE GALICIA. LEI DO SOLO
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Galicia. Conforme a la Disposición transitoria segunda de la nueva ley del suelo de Galicia (Lei do solo), al tratar la adaptación del planeamiento, se establece que los planes aprobados provisionalmente antes de la entrada en vigor de la presente ley podrán continuar su tramitación hasta su aprobación definitiva a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. Los que, en esa misma fecha, ya hubieran sido aprobados inicialmente podrán adaptarse íntegramente a la presente ley o continuar su tramitación a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, si bien sus determinaciones habrán de adaptarse plenamente a la presente ley. La simple adaptación del contenido del plan en tramitación a las disposiciones establecidas en la presente ley no implicará, por sí solo, la necesidad de someterlo a nueva información pública, salvo cuando se pretendiese introducir otras modificaciones que alteren sustancialmente la ordenación proyectada y no sean consecuencia de la adaptación. Los planes en tramitación que no hubieran alcanzado la aprobación inicial a la fecha de entrada en vigor de la presente ley habrán de adaptarse plenamente a la misma.
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Por esta razón, 13 concellos están acelerando la aprobación de sus planeamientos, a fin de evitar la aplicación del nuevo marco normativo, ya que, si dejaran sin resolver esa fase de la tramitación antes de que la ley sea de aplicación, se verían obligados a iniciar el proceso desde cero para adaptar los nuevos criterios.

Se trata de los concellos coruñeses de Porto do Son, Pontedeume, Mañón, Trazo y Frades; los pontevedreses de Bueu, Mos, Soutomaior y Ponteareas; los lucenses de Quiroga y Mondoñedo; y los ourensanos de A Rúa y Oímbra. En todos ellos, los plenos municipales han resuelto la aprobación provisional que les permitirá, siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos legales, continuar con la tramitación sin tener que adecuarse a las reglas de juego que establece el nuevo marco urbanístico.

La diligencia de los ayuntamientos para salvar el trabajo realizado hasta ahora contrasta con la escasa efectividad que la antigua Lei do Solo mostró para favorecer que la mayoría de los concellos puedan contar con un PXOM adaptado. De hecho, los que lo han logrado en los trece años de vigencia ni siquiera llegan a un centenar, pese a que la norma estableció que los 314 municipios deberían dotarse de un plan urbanístico antes del 2006. Precisamente, uno de los objetivos centrales de la nueva Lei do Solo es simplificar el farragoso procedimiento de tramitación de los planes, que hasta ahora requiere por término medio ocho años de gestación, y que se convirtió en un factor disuasorio para muchos municipios. Marín, por ejemplo, invirtió 18 años. Y Petín necesitó 20. El reto es reducir ese proceso a poco más de un año, y facilitar además que los concellos de menos de 5.000 vecinos puedan regular su urbanismo con la figura del plan básico municipal.
 


 
 
 
 
 

 

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