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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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11 de enero de 2016
 
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LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE BALEARES
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Baleares. El Govern aprobará en una reunión extraordinaria la modificación parcial de al menos tres leyes aprobadas por el PP la pasada legislatura y que afectaban al territorio, la agricultura y el turismo. Son la Ley del Suelo, la Ley Agraria y la Ley Turística. Una de las principales modificaciones es la supresión de los artículos de la Ley del Suelo que permitían la legalización de miles de viviendas que existen en el suelo rústico de las Islas, más de 15.000 sólo en Mallorca. La edificación masiva de viviendas en suelo rústico se inició en la década de los 80 y experimentó un repunte a finales de los 90 cuando se anunció que la parcela mínima para construir pasaría de 7.000 a 14.000 metros cuadrados. Estas viviendas son ilegalizables, lo que impide que el propietario pueda reformarlas, hipotecarlas, venderlas o incluso hacer obras obligatorias como la instalación de una fosa séptica. La Administración nunca ha tenido una solución para la mayoría de estas viviendas puesto que una vez transcurridos 8 años sin que hayan sido denunciadas ya no se puede ordenar su derribo. La única salida la ofrecía la Ley del Suelo al contemplar un proceso de legalización mediante el abono de todas las licencias que se dejaron de pagar así como de una sanción. Ahora, esta posibilidad desaparecerá con la nueva normativa que están perfilando el PSIB, Més y Podemos y las miles de viviendas ilegales permanecerán tal y como están, sin posibilidad de legalizarse ni de derribarse.
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Se consideraba suelo urbanizado aquel terreno que tuviera al menos algún servicio, como conducción de aguas o de electricidad. Ahora esta posibilidad desaparece y las urbanizaciones que no tengan todos los servicios quedan como ilegales.

Las parcelaciones ilegales lo tendrán más complicado para legalizarse. Bauzá permitía la legalización de núcleos rurales, sin especificar que debían tratarse de núcleos tradicionales y legales. Ahora se recupera este matiz.

El Govern prevé quitar las excepciones que permiten urbanizar construcciones agrarias en suelo rústico aunque la parcela no llegue a los 14.000 metros cuadrados.

En Eivissa dejarán de poder construirse viviendas unifamiliares en las Áreas Naturales de Especial Interés en parcelas superiores a 50.000 metros. Las ANEI serán inedificables como en Mallorca y en Menorca.

TURISMO Y HOTELES

Respecto a los hoteles, a falta de un acuerdo definitivo, la idea es modificar la ley y prohibir la ampliación de hoteles en dos alturas. Se permitirán ampliaciones en horizontal de forma restrictiva. La altura sólo podrá aumentarse si se hacen reformas para instalar ascensores o para adaptar medidas de eficiencia energética.

La Ley de Turismo permite reconvertir hoteles en edificios de viviendas. En las zonas turísticas esta posibilidad ya no existirá. En otras zonas, dependerá de lo que digan las normas urbanísticas del municipio.

La nueva normativa que prepara el Govern establece que las nuevas edificaciones turísticas en suelo rústico sólo podrán hacerse mediante una declaración de interés general. Este requisito había sido eliminado en parte por la Ley Turística al permitir edificaciones consideradas singulares por su valor arquitectónico o turístico. Igualmente, las ampliaciones de establecimientos turísticos ubicados en suelo protegido requerirán de un informe de evaluación de impacto ambiental.

Se suprimen las disposiciones que abrían la puerta a la posibilidad de crear campos de golf o de polo en suelo rústico.
 


 
 
 
 
 

 

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