El último
caso ha tenido lugar con motivo de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Ourense condena al Concello de Ourense por su «inactivad»
a la hora de resolver varios expedientes administrativos relacionados con
denuncias presentadas por una academia de baile contra otros cuatro establecimientos.
Los procedimientos se abrieron en 2012 pero, según constata el juez,
hasta el momento la entidad municipal no concluyó conforme a lo
que marca la ley para ninguno de ellos.
La sentencia,
además de condenar a la institución municipal al pago de
las costas, le obliga a «concluir la instrucción y a dictar
resolución definitiva en los cuatro expedientes abiertos»
en los términos fijados en cada caso. En concreto, el juez le da
tres meses, desde la notificación de la sentencia, para que se emitan
los informes pendientes y se tome la decisión ejecutiva a la que
haya lugar en cada uno. Pero además, en el caso de un establecimiento
que «carece por completo de licencia urbanística, deberá
dictarse en el plazo máximo de un mes, resolución formal
de incoación de expediente de disciplina urbanística, con
la adopción de la medida cautelar de clausura y precinto de la actividad»,
señala.
En concreto
las quejas planteadas por el denunciante ante el Concello de Ourense hacían
referencia a que esos cuatro establecimientos o bien carecían de
la pertinente licencia, o bien su actividad no se ajustaba al permiso concedido.
Aunque el Concello
de Ourense asegura en su defensa que no ha incurrido en inactividad porque
las denuncias dieron lugar «a una labor de investigación por
los inspectores y técnicos municipales» y a la apertura de
expedientes; el juez, tras analizar uno por uno los documentos aportados,
va dejando en evidencia el proceso de tramitación. En algún
caso, por quedar bruscamente paralizado desde hace más de un año
a la espera de informes solicitados por los técnicos que, de haberse
realizado, no aparecen incorporados al expediente. En otros, por asegurar
que el asunto pasaría a junta de gobierno «con propuesta de
cierre de los locales que ocupa la actividad de baile que carecen de licencia»,
cuya resolución disciplinaria, de haberla, no se materializó.
Aún peor le parece al juez otro de los casos, en el que la Policía
Local constató ya en 2012 la carencia de licencia alguna. Según
el magistrado, «la inactividad de la Administración municipal
en este caso es más grave». Recuerda que ese único
informe debió llevar consigo la incoación del expediente
de disciplina urbanística y la clausura y precinto cautelar.
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