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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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27 de julio de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
APERCIBIMIENTO Y MULTAS PARA EJECUTAR SENTENCIAS DE DERRIBO
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística y viviendas ilegales. En este caso el litigio tiene 25 años de antigüedad, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha tomado una medida poco común para hacer cumplir las sentencias de derribo. Se trata de una multa coercitiva de 33.964 euros. La propia resolución señala que la sanción es consecuencia de haber incumplido el dictamen de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) que ordenó demoler el hotel Abeiras. Y se añade como novedad que «el que no exista aún sentencia firme no impide la imposición de multas coercitivas». De igual modo, y ante la aparente elevada cuantía de la multa, el tribunal matiza que «no constan datos sobre la situación económica del recurrente», lo que le impide apreciar que «suponga un perjuicio irreparable».
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En cualquier caso, el TSXG considera que, en este caso concreto, «el interés público sí que resulta afectado y, en todo caso, ha de situarse por encima del particular del recurrente».

Desde que comenzó a construirse el hotel, se han instruido tres expedientes urbanísticos, dos de los cuales se han archivado. El primero aludía a una supuesta «realización de obras abusivas en la servidumbre de protección do dominio público marítimo-terrestre», mientras que el segundo se inició en abril del 2001 por parte de la Consellería de Medio Ambiente, quien lo cerraría apenas dos años después.

En mayo de 2015, la Consellería de Pesca incoó el tercero, que ha terminado, por el momento, en la resolución de la APLU ordenando devolver los terrenos donde se ubica el hotel a su estado primitivo.
 


 

 
 
 
 
 

 

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