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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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14 de julio de 2015
 
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¿POR QUÉ HAY QUE HACER UN NUEVO PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DE TOLEDO?
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico y guía del urbanismo de Castilla la Mancha. El auto del Tribunal Constitucional deniega la petición de suspender la sentencia de nulidad del Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo va a obligar al Ayuntamiento a redactar uno nuevo. En marzo de 2014, el Tribunal Supremo anuló el Plan de Ordenación Urbana de Toledo y el Ayuntamiento presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional a pesar de que el Supremo ya ratificaba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM). El ayuntamiento sostenía que la Ley de Ordenación del Territorio de Castilla La Mancha exige un único periodo de información pública, pero el Tribunal Supremo fue claro y una modificación sustancial del planeamiento aprobado inicialmente obliga a un segundo periodo de información pública.
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Tras los cambios significativos que introdujo el Ayuntamiento el número de viviendas nuevas pasó de 30.000 a 50.000, con el consiguiente aumento del terreno urbanizable, infraestructuras, etc.

El Plan de Ordenación Municipal vigente, que sustituye al Plan General de Ordenación Urbana de Toledo de 1986, fue aprobado de forma inicial por el Ayuntamiento de Toledo en el año 2006, cuando ejercía como alcalde José Manuel Molina. La aprobación definitiva llegó un año más tarde, por parte de la Consejería de Vivienda y Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, bajo la presidencia de José María Barreda.

Las actuaciones incluían la multiplicación del número de viviendas que podían construirse en la urbanización Montesión, en el distrito de Los Cigarrales y la división de las parcelas existentes. La asociación Entidad Urbanística de Conservación y varios vecinos de la urbanización impugnaron ante la justicia la aprobación, al considerar estas medidas injustificadas.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha estimó el recurso y declaró nulo el POM. El Ayuntamiento toledano interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del TSJ, que fue admitido a trámite en 2012. Sin embargo, en 2014 resultó desestimado de nuevo. Tras esto, el Consistorio recurrió la resolución ante el Tribunal Constitucional, que ahora ha confirmado su nulidad.

Pese a todo, esta decisión judicial no implica la anulación definitiva del Plan de Ordenación Municipal: aún existe la posibilidad de suspender la sentencia mientras siga vivo el recurso de amparo que se está tramitando también en el Tribunal Constitucional, y que el Ayuntamiento anunció que va a mantener. 
 


 

 
 
 
 
 

 

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