NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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3 de marzo de 2015
 
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EDIFICACIÓN OBLIGATORIA EN LA RIOJA
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com de edificios en ruinas y guías del urbanismo de la Rioja. Uno de los candidatos a la Alcaldía de Logroño ha propuesto obligar a construir en el solar de Maristas de Logroño por iniciativa privada y si esta no lo hace, por iniciativa pública, sin descartar la expropiación. Ha añadido que se debe hacer cumplir la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y requerir a la propiedad del solar para que se solicite la licencia y en esta se marcará un plazo de construcción, según una valoración técnica.
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Se ha referido a que, por Ley, existe una obligación urbanística que fija el deber de construir en determinados plazos e indica que el suelo tiene una función social en beneficio de la sociedad y que el dueño del solar adquiere unas obligaciones con la colectividad entre ellas construir.

Por ello, plantea que se cumpla la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, que en su artículo 44 determina que los propietarios de suelo urbano tienen el derecho y el deber de completar la urbanización de los terrenos y de edificarlos en las condiciones y plazos que en cada caso establezca el planeamiento.

También ha aludido al artículo 171, que incide en supuestos expropiatorios y que la expropiación forzosa se aplicará en varios supuestos, como por incumplimiento de la función social de la propiedad.

Sus datos indican que el hecho de que la administración recupere el terreno por incumplimiento de la función social de la propiedad se podrá aplicar por inobservancia de los plazos establecidos para la urbanización de los terrenos y su edificación, o, en general, de los deberes urbanísticos básicos, y especialmente en los supuestos de parcelaciones ilegales.

"Si no se construye en el plazo, no cumplen la función social, por lo tanto, estamos en un supuesto expropiatorio", según Antoñanzas, que ha dicho que el Plan General de Logroño establece un plazo de tres años para solicitar una licencia para usos privados.

 


 

 

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