NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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4 de febrero de 2015
 
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LAS RECALIFICACIONES VÍA PLANEAMIENTO EN ANDALUCÍA
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com del urbanismo de Andalucía. El ayuntamiento de Marbella sostiene que ha recaído una sentencia a su favor que avala la capacidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella como instrumento correcto para el restablecimiento de la legalidad en el ámbito urbanístico. El caso merece ser analizado porque se trata de un terreno que se recalifica vía planeamiento de suelo urbanizable a parque fluvial.
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La sentencia resuelve la reclamación de una indemnización de 26 millones de euros que una sociedad pedía al Ayuntamiento por cambiar en el PGOU la calificación de unos terrenos que había adquirido en el municipio.

Con anterioridad PGOU, que entró en vigor en 2010, la parcela estaba calificada como suelo urbanizable. Además, trámites administrativos que afectaban al terreno incrementaron "sensiblemente" la edificabilidad y delimitación del suelo, ha explicado Romero. Con la aplicación del PGOU, el suelo pasó a ser calificado como parque fluvial.

La sociedad entendió que el cambio de calificación le había supuesto un perjuicio valorado en 26 millones de euros, cuantía que solicitaba al ayuntamiento.

La sociedad puede solicitar "derecho de aprovechamiento" en otras zonas del municipio, pero no por el valor que reclamaba, ya que el Ayuntamiento "no es responsable de las ilegalidades urbanísticas que se cometieron en el pasado", sostiene el ayuntamiento.

 


 

 

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