NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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12 de marzo de 2014
 
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BALEARES YA TIENE SU LEY DEL SUELO. LA LEY DE ORDENACIÓN Y USO DEL SUELO  
Convertir conocimiento en valor añadido:  Sólo quedaba Baleares y ya tiene su Ley del Suelo después de muchos años intentándolo con diferentes proyectos. La parlamentaria del PP Virtudes Marí ha resaltado la "importancia" de esta normativa, porque es la primera Ley del Suelo de Baleares, que era "la única Comunidad Autónoma que no tenía una Ley del suelo propia". La Ley de Ordenación y Uso del Suelo. La Ley de Ordenación y Uso del Suelo establece un régimen jurídico para la regulación del suelo, los planes de urbanizaciones y las actuaciones en zonas urbanas, las obras de edificación y para el régimen sancionador. Se sustituye a una normativa dispersa e incorpora la Ley estatal 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, y la Ley de 2/2012 de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible. También se regula por primera vez por ley la inspección técnica de edificios (ITE), fijándose un régimen básico a desarrollar por los ayuntamientos, así como un régimen sancionador para los que incumplan la obligación de pasar la ITE.
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Así, ha señalado que "lo más importante es que es una ley que fomenta rehabilitación, la reforma y la reconversión, en vez del crecimiento y el desarrollo de nuevas urbanizaciones", lo que supone, según ha dicho, un "cambio de modelo" que proporciona herramientas para velar por "la legalidad y la transparencia" a los ayuntamientos, Consells y particulares.

También, ha señalado que la nueva norma "incrementa la disciplina urbanística dando potestad a los Consells para la paralización inmediata cuando se detecten infracciones" y hace que el urbanismo "deje de ser algo oscuro" ya que "cualquier persona con un ordenador puede saber cómo está su municipio o su isla".  Además, ha añadido, esta Ley "afronta qué hacemos con infracciones urbanísticas prescritas".

Sobre este asunto, Marí ha resaltado que el PP ha puesto "solución" a las infracciones urbanísticas prescritas, así como a las realizadas en asentimientos de suelo rural y ha lamentado que en este ámbito desde los grupos de la oposición "sólo han presentado enmiendas de supresión y no propuestas alternativas.

El conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, Biel Company, ha destacado durante su exposición de la ley en el pleno que la misma surge de "un texto muy consensuado" con la sociedad civil y ha considerado que la aceptación del 40 % de las 453 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios y diputados no adscritos supone haber llegado a un amplio consenso en la normativa. Company ha admitido que, no obstante, no se ha podido llegar a un acuerdo en un tema básico y que tiene que ver con las distintas "formas de ver las cosas". Se ha referido a que la normativa legaliza infracciones urbanísticas prescritas en suelo rústico y asentamientos en medio rural.

Para el conseller no regularizar estas edificaciones que no se pueden derribar porque el posible delito ha prescrito "sería mirar hacia otro lado" como se ha hecho hasta ahora. "Nos guste o no existen estas edificaciones (...) ¿Qué sentido tiene mantener una situación al margen de la realidad?", ha insistido el conseller. Company ha señalado que la normativa, de 193 artículos, aportará un nuevo margen urbanístico y otorga a ayuntamiento y consells nuevas herramientas para implantar sus políticas, con la intención de que los planes generales municipales "no sean papel mojado". La ley prevé una regulación urbanística sostenible con la intención de hacer "un urbanismo riguroso que responda a las demandas ciudadanas", por lo que el conseller, ha destacado la transparencia que impulsa la normativa a través de una mayor participación. La simplificación administrativa y el incremento de las sanciones, así como la rapidez para imponerlas si se detectan irregularidades en suelo rústico, son otras de las características de la ley, ha especificado Company, que ha enfatizado que se trata de la primera Ley del Suelo de Baleares.

La Ley de Ordenación y Uso del Suelo establece un régimen jurídico para la regulación del suelo, los planes de urbanizaciones y las actuaciones en zonas urbanas, las obras de edificación y para el régimen sancionador. Se reemplaza una normativa dispersa e incorpora la Ley estatal 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, y la Ley de 2/2012 de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible.
 
Los valores fundamentales de esta nueva Ley son la simplificación y racionalización del ordenamiento urbanístico y la agilización de los trámites para algunos proyectos.  Ya que Ley de Disciplina Urbanística salva de la orden de derribo las construcciones levantadas en suelo rústico a los 8 años, la ley tendrá como objetivo facilitar la legalización de determinadas actuaciones, en las que también se encuentran aquellas obras levantadas en áreas naturales de especial interés (ANEI) antes de que se aprobara la Ley de Espacios Naturales en 1991, y ser más contundente con las actuaciones ilegales. Solo en Mallorca y según datos del plan Territorial de la isla, cerca de 30.000 viviendas podrían estar fuera de ordenación.
 
Son viviendas e instalaciones agrícolas que tendrán un plazo de 3 años para regularizar su situación siguiendo una serie de trámites de obligado cumplimiento por parte del propietario. Deberá realizar obras de mejora para la obtención de la cédula de habitabilidad pagando las tasas y licencias municipales y además una sanción del 15% del valor de la vivienda o instalación si lo tramita el primer año, 20% el segundo y 25% el tercero.
 
Con respecto a construcción y edificación, el texto recoge la agilización de la tramitación de licencias de obra previendo que los ayuntamientos puedan sustituir la licencia urbanística por una comunicación previa para las obras menores. Quedan fuera de esta responsabilidad los casos como obras en suelo rústico protegido o nuevas edificaciones. Se introduce la licencia exprés para obras menores que solo necesitaran una sencilla comunicación o declaración jurada previa al Consistorio para comenzar los trabajos.
 
También se regula por primera vez por ley la inspección técnica de edificios (ITE), fijándose un régimen básico a desarrollar por los ayuntamientos, así como un régimen sancionador para los que incumplan la obligación de pasar la ITE.

Se endurece el régimen sancionador con multas del 40% al 80% del valor de la parcelación irregular y de entre 150% a 230% del valor de las edificaciones ilegales en suelo rústico.
 
También se amplían las responsabilidades de las infracciones a aquellos que hayan intervenido en la obra ya sea promotor, arquitecto, aparejador, funcionarios, etc.
 
Se produce un cambio de competencias a los Consells para parar inmediatamente las obras ilegales en suelo rústico y los municipios de más de 10.000 habitantes, entre los que se encuentra Palma, Calvià, Inca, Manacor, Llucmajor, Marratxí, Alcúdia o Sóller, podrán aprobar definitivamente planes especiales y parciales así como modificaciones no estructurales de los planes generales con una consulta e informe no vinculante del Consell.
 

TEXTO INICIAL DEL PROYECTO, POSTERIORMENTE REFORMADO.

http://xip.parlamentib.es/scripts/getFile.ashx?nomCat=RGE&idReg=40944&camp=high
 
 


 

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