NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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24 de enero de 2014
 
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URBANISMO. CONVENIO URBANÍSTICO DE GESTIÓN EN SEVILLA CON INVERSIONES NOGA, INONSA E INMOBILIARIA OSUNA 
Convertir conocimiento en valor añadido:  guía práctica inmoley.com de convenios urbanísticos y del urbanismo de Andalucía. La Gerencia de Urbanismo ha anulado el convenio urbanístico de gestión suscrito el 16 de febrero de 2006 con las entidades Inversiones Noga, Inonsa e Inmobiliaria Osuna, todas ellas del mismo grupo de empresas, para la construcción de 2.161 en Sevilla Este. 
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INFORMACIÓN PREVIA DIDÁCTICA

ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO DE LOS CONVENIOS URBANÍSTICOS DE GESTIÓN.

Procedimiento: 

A. Iniciación

Las solicitudes se presentarán por los siguientes medios:
a) Por internet.
b) Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano, acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de:
— Identificación: Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.
— Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
3) Propuesta de Convenio, debidamente justificada.
B. Ordenación e Instrucción

Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación.
Informes de otros servicios municipales en función de la propuesta.
— Como trámite específico, en los convenios de sustitución económica del deber de cesión debe emitir informe el Servicio de Control de Legalidad, una vez que se ha valorado económicamente el aprovechamiento, se ha aceptado la valoración por el promotor y se ha valorado la propuesta por el Consejo de Gerencia.
Informe del Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística.
Propuesta de resolución de sometimiento a información pública.
— Comisión Técnica de Asesoramiento.
— Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente.
— Ayuntamiento..
Información pública del proyecto de convenio durante el plazo de un mes.
Publicación del texto íntegro del convenio en la sección provincial del Boletín Oficial y tablón de anuncios.
Audiencia a los propietarios incluidos en el ámbito, a cuyos efectos los promotores del expediente deben incorporar las direcciones de éstos a efectos de notificación.
Si hay alegaciones se emite informe técnico y jurídico en relación con su contenido, del que se dará traslado al alegante una vez se adopte acuerdo de resolución del procedimiento. Si el acuerdo de información pública impuso prescripciones, se valora su cumplimiento desde un punto de vista técnico y jurídico, resolviéndose lo que proceda.

C. Terminación

 Aprobación del Convenio, en su caso: 
— Comisión Técnica de Asesoramiento.
— Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente.
— Ayuntamiento. que da cuenta al Ayuntamiento Pleno. 

D. Notificación

Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud:
— electrónico, o
— correo – reparto,
— presencialmente.
Publicación del acuerdo de aprobación del convenio y del texto íntegro del mismo en la sección provincial del Boletín Oficial.
Comunicación al Registro Público de convenios urbanísticos del acuerdo de aprobación definitiva y del texto íntegro del convenio.

E. Traslados

A los Servicios municipales de la Gerencia de Urbanismo.
F. Archivo del Expediente
 
 

NOTICIA

El convenio se firmó en el mandato de Monteseirín (PSOE-IU) y afecta a 36 parcelas privadas, propiedad de estas empresas, situadas en los sectores 3, 4, 5 y 13 de los planes parciales 2, 3 y 4, según el expediente. 

El Ayuntamiento de Zoido toma esta decisión "por incumplimiento culpable del contratista" de su deber de edificar, ya que en estos años sólo ha terminado 51 de estos pisos, "lo que supone un 2,36% en los siete años de vigencia del convenio". El resto de las viviendas están sin iniciar, según el informe que consta en el expediente aprobado este miércoles en el consejo de gobierno de la Gerencia. 

En el convenio las entidades debían programar la solicitud de las licencias de edificación de los 36 solares en cuestión "en un marco temporal de ocho años, a razón de 180 viviendas al año al menos", lo que no ha sucedido. El deber de edificar empezó a contar desde el 20 de enero de 2007 que solicitaron la licencia de obras. Pero las entidades se han beneficiado de dos suspensiones de plazo en este tiempo. 

Otro deber esencial que tenían era entregar un aval de 221.963 euros como garantía económica ante posibles sanciones por incumplimiento del deber urbanístico de edificar, como así ha sucedido. 

Las entidades se comprometieron a renunciar a reclamar la compensación económica a valor urbanístico de 3.851 metros cuadrados de techo que mantenían pendiente por excedente de equipamiento en suelos de Santa Justa (UE-NO-11). 

Según el expediente, las entidades que firmaron el convenio presentaron alegaciones contra la resolución del convenio el pasado 7 de diciembre, si bien el Ayuntamiento las considera "extemporáneas al haber vencido el plazo el día 4 anterior". Con todo se han tenido en cuenta pero "no desvirtúan en modo alguno lo que consta acreditado en el procedimiento". 

El Ayuntamiento tiene que aprobar en Pleno esta propuesta y pedir un informe preceptivo al Consejo Consultivo de Andalucia. Una vez firme en vía administrativa esta resolución, Urbanismo incluirá los solares no edificados en el registro de solares y edificaciones ruinosas para optar a su venta forzosa por sustitución del propietario incumplidor. También se impondrá a las empresas las sanciones por incumplimiento del deber de edificar. Está previsto que la sanción se cobre del aval de casi 223.000 euros que las empresas depositaron.
 


 

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