4 de noviembre
de
2013
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URBANISMO.
LEY DEL SUELO DE BALEARES
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y viviendas ilegales. Futura Ley del Suelo de Baleares
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urbanismo.
La Agrupación de Técnicos
Urbanistas de las Islas Baleares valora positivamente el proyecto de la
futura Ley del Suelo de Baleares, si bien entiende que sería "importante"
que introdujeran algunas mejoras relativas, por ejemplo, a la posibilidad
de legalización de edificaciones en suelo rústico.
La asociación, que ha presentado
alegaciones al proyecto de ley, ha destacado en un comunicado que Baleares
es la única comunidad autónoma que no disponía de
una Ley del suelo propia, hecho que obligaba a regirse por la Ley del suelo
estatal de 2008.
Se trata de una legislación
que, sin duda, "llega tarde" porque la Ley del Turismo ya ha incidido en
algunos aspectos que deberían ser objeto de la ley y por la gran
dispersión de normativa urbanística, a través de decretos-ley,
que han ido proliferando en la comunidad en los últimos años.
Sin duda, uno de los aspectos de
la normativa que más polémica ha generado es, según
esta entidad, la posibilidad de que puedan regularizase urbanizaciones
y edificaciones en suelo rústico.
La asociación entiende que
puede aceptarse un procedimiento extraordinario de legalización
de edificaciones existentes en suelo rústico, tal y como se recoge
en la disposición transitoria décima, pero deberían
ajustarse las condiciones exigibles para que esa legalización pueda
producirse.
En opinión de la asociación,
es cierto que se trata de dar soluciones a situaciones existentes en estos
momentos y que están fuera de ordenación y, por ello, la
iniciativa sería en principio correcta, aunque los mecanismos mediante
los cuales puede alcanzarse esa legalización deberían ser
más claros y más exigentes.
Así, por ejemplo, la Asociación
de Técnicos Urbanistas de Baleares propone que para poder regularizarse
una edificación en suelo rústico se cumplan las siguientes
condiciones: una única edificación en la parcela, que la
edificación a legalizar cumpla con el retranqueo y la altura vigente,
que no tenga un volumen construido superior a 1.500 metros y que los acabados
respeten la estética tradicional de las edificaciones en suelo rústico.
Igualmente, la asociación
también considera que debería revisarse el plazo establecido
para la legalización.
El proyecto establece que para poder
legalizar edificaciones en suelo rústico tienen que haber pasado
más de 8 años sin que se haya iniciado un procedimiento sancionador
o de demolición, de manera que no pueden legalizarse todas las construcciones
ilegales.
Para la asociación, se trata
de un plazo excesivo. El plazo debería acortarse, por ejemplo, hasta
los cuatro años, de manera que se pudieran legalizar construcciones
ilegales en rústico que en los últimos cuatro años
no hayan sido objeto de expediente. Con el tiempo se desvirtúan
los hechos "y con cuatro años es más que suficiente".
En opinión del presidente
de la asociación, el abogado Juan Alemany, no es incompatible agravar
las sanciones urbanísticas y, a la vez, permitir legalización
de edificaciones irregulares en rústico ya existentes.
"Hay que distinguir entre el procedimiento
de restauración de la legalidad urbanística, como es el proceso
sancionador, y dar una solución a edificaciones no reguladas en
nuestro ordenamientos; son dos realidades muy diferentes", ha señalado.
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