NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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4 de noviembre de 2013
 
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URBANISMO. LEY DEL SUELO DE BALEARES
Convertir conocimiento en valor añadido:  guía práctica inmoley.com de inpección urbanística y viviendas ilegales. Futura Ley del Suelo de Baleares
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La Agrupación de Técnicos Urbanistas de las Islas Baleares valora positivamente el proyecto de la futura Ley del Suelo de Baleares, si bien entiende que sería "importante" que introdujeran algunas mejoras relativas, por ejemplo, a la posibilidad de legalización de edificaciones en suelo rústico.

La asociación, que ha presentado alegaciones al proyecto de ley, ha destacado en un comunicado que Baleares es la única comunidad autónoma que no disponía de una Ley del suelo propia, hecho que obligaba a regirse por la Ley del suelo estatal de 2008.

Se trata de una legislación que, sin duda, "llega tarde" porque la Ley del Turismo ya ha incidido en algunos aspectos que deberían ser objeto de la ley y por la gran dispersión de normativa urbanística, a través de decretos-ley, que han ido proliferando en la comunidad en los últimos años.

Sin duda, uno de los aspectos de la normativa que más polémica ha generado es, según esta entidad, la posibilidad de que puedan regularizase urbanizaciones y edificaciones en suelo rústico.

La asociación entiende que puede aceptarse un procedimiento extraordinario de legalización de edificaciones existentes en suelo rústico, tal y como se recoge en la disposición transitoria décima, pero deberían ajustarse las condiciones exigibles para que esa legalización pueda producirse.

En opinión de la asociación, es cierto que se trata de dar soluciones a situaciones existentes en estos momentos y que están fuera de ordenación y, por ello, la iniciativa sería en principio correcta, aunque los mecanismos mediante los cuales puede alcanzarse esa legalización deberían ser más claros y más exigentes.

Así, por ejemplo, la Asociación de Técnicos Urbanistas de Baleares propone que para poder regularizarse una edificación en suelo rústico se cumplan las siguientes condiciones: una única edificación en la parcela, que la edificación a legalizar cumpla con el retranqueo y la altura vigente, que no tenga un volumen construido superior a 1.500 metros y que los acabados respeten la estética tradicional de las edificaciones en suelo rústico.

Igualmente, la asociación también considera que debería revisarse el plazo establecido para la legalización.

El proyecto establece que para poder legalizar edificaciones en suelo rústico tienen que haber pasado más de 8 años sin que se haya iniciado un procedimiento sancionador o de demolición, de manera que no pueden legalizarse todas las construcciones ilegales.

Para la asociación, se trata de un plazo excesivo. El plazo debería acortarse, por ejemplo, hasta los cuatro años, de manera que se pudieran legalizar construcciones ilegales en rústico que en los últimos cuatro años no hayan sido objeto de expediente. Con el tiempo se desvirtúan los hechos "y con cuatro años es más que suficiente".

En opinión del presidente de la asociación, el abogado Juan Alemany, no es incompatible agravar las sanciones urbanísticas y, a la vez, permitir legalización de edificaciones irregulares en rústico ya existentes.

"Hay que distinguir entre el procedimiento de restauración de la legalidad urbanística, como es el proceso sancionador, y dar una solución a edificaciones no reguladas en nuestro ordenamientos; son dos realidades muy diferentes", ha señalado.
 


 

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