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23 de octubre de 2013
 
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URBANISMO. PLAN PARCIAL SECTOR 2 DE SUELO APTO PARA URBANIZAR DE LA VILLA DE SANTA BRÍGIDA DE GRAN CANARIA
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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que anuló el año pasado el Plan Parcial Sector 2 de Suelo Apto para Urbanizar de la Villa de Santa Brígida, por lo que acaba con la expansión urbana proyectada para el municipio y deja sin cobertura legal viviendas y comercios del casco. El fallo es firme, por lo que no caben más recursos.

El alto tribunal rechazó el último recurso presentado en solitario por el Ayuntamiento de Santa Brígida ya que el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Gran Canaria desistieron de seguir pleiteando. El TSJC anuló el Plan Parcial que sustentaba la expansión urbana de buena parte del municipio satauteño, lo que dejó sin cobertura legal a un centenar de casas y dúplex construidos junto al casco histórico de la villa al amparo de ese planeamiento.

La Sala acuerda declarar "la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Santa Brígida (Gran Canaria), contra la sentencia de 20 de junio de 2012 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda, Las Palmas de Gran Canaria) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso nº 320/2010, resolución que se declara firme; con imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en este recurso, si bien la Sala, haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo 139. 3 de la Lrjca, fija en 1.800 euros la cantidad máxima a reclamar por las partes recurridas por todos los conceptos". En el punto cuarto de los razonamientos jurídicos, la sentencia señala que "la causa de inadmisión puesta de manifiesto por la Sala se refiere a la defectuosa preparación del recurso".

La sentencia considera nulo de pleno derecho el Plan Parcial Sector 2 de Suelo Apto para Urbanizar de la Villa, que fue aprobado de forma definitiva el 25 de septiembre de 1997 por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ratifica la nulidad del plan urbanístico aprobado en 1997 porque el acuerdo es anterior a las Normas Subsidiarias municipales de Santa Brígida, que se publicaron en 2001 de forma incompleta ya que no se incluyeron las fichas que establecen y desarrollan el régimen jurídico del suelo. El fallo se conoce dos semanas después de que los tribunales también hayan paralizado el centro comercial y de ocio de Santa Brígida.

Enfrentamiento

El Tribunal Supremo deja así sin cobertura legal la zona ubicada al norte del centro comercial, donde se han levantado en los últimos años dúplex de viviendas hasta La Angostura y el cruce de Los Olivos, delante de la residencia de mayores y el centro polifuncional de servicios sociales.

En esa zona Mercadona tenía previsto levantar un supermercado a través de la empresa Maherma, promotora del Plan Parcial anulado. Se trataba de una operación valorada en unos cuatro millones de euros.

El fallo del Supremo afecta, además, a la conocida como Urbanización de los Italianos, con chalés dúplex con parque infantil y a las viviendas de Matías Hernández Marrero (Maherma) y de la urbanización Urbis. La Sala desestima todas las cuestiones de inadmisión planteadas contra la demanda del letrado por el Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento de Santa Brígida, el Cabildo de Gran Canaria y la constructora Maherma SA. El plan parcial que ahora ha quedado sin efecto está "prácticamente ejecutado y edificado", según reconoce el Ayuntamiento en su escrito de oposición al recurso. Esa enorme parcela, antes catalogada como suelo rústico, se extiende desde el centro comercial hasta cerca de La Angostura y el cruce de Los Olivos.

Las licencias para llevar a cabo esos proyectos, el centro social y el supermercado, fueron concedidas por el pleno de corporación en 2010. Su alcalde actual y también entonces, Lucas Bravo de Laguna, siempre ha defendido la legalidad del plan parcial anulado.

El alcalde llegó a enfrentarse con el abogado Ignacio Cáceres y lo amenazó con demandarlo por actuar de mala fe e ir en contra de los intereses del municipio. El letrado advirtió en su momento de la ilegalidad de esos proyectos, precisamente porque no estaban publicadas las Normas Subsidiarias. Esta normativa, de carácter superior, es la que proporciona cobertura legal a los planes parciales que luego desarrollan el suelo.
 


 

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