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  • La documentación / libro a la venta es la misma que se entrega a los asistentes a los cursos y es imprescindible su adquisición antes de asistir al curso (ver motivos).
  • La documentación es un documento útil de autoaprendizaje (a distancia), por lo que no requiere desplazamientos ni sometimiento a horarios rígidos.
  • Es ameno, ya que presenta situaciones reales (talleres de trabajo) y expone los contenidos de una manera sencilla y práctica, aportando formularios.
  • Se sitúa en torno a unas 25 ó 35 horas lectivas, lo que supone una duración intermedia (ni demasiado corta, ni demasiado prolongada).
  • Más información en "Cómo son las Guías prácticas"".

F Díez, cliente de inmoley.com, 
durante el 
acto de presentación 
en BMP
Un lunes me citaron para una reunión vital un jueves, para tratar una junta de compensación en la que nos jugábamos una promoción.

Así que pido a inmoley.com la “guía práctica” y me envía en 24 horas por mensajero dos tomos extensos que desarrollan de modo práctico el tema, actualizado al día del pedido, para que no haya sorpresas con leyes derogadas, y un montón de formularios.

Cuando fui a la reunión con esta documentación me dijeron “menos mal que viene un experto en el tema”.

  • A esto lo llamo yo ayudar al cliente a obtener resultados prácticos y no milongas teóricas que no hacen negocios.
F. Díez. Director de Suelo.
Tenía que hacer un informe urgente y no tenía tiempo. 
  • En 24 horas recibí un amplísimo dossier con formularios  y todo actualizado.
A. Martínez. Consultor
Quería asistir a un curso especializado y nadie me dejaba ver la documentación antes de apuntarme
  • Sólo inmoley.com lo permite.
M. Jiménez. Dtor. Suelo
Quería actualizar mis conocimientos y no tenía tiempo para asistir a un curso 
  • ni paciencia para leer un libro “teórico” y pesado.
M. Sánchez. Constructor
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  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
PARTE PRIMERA. 
  • DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE VIVIENDAS. 
<<<
Capítulo 1. 
Protección al consumidor 
1. Tratamiento constitucional 
2. Normativa estatal. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
a. El consumidor 
b.  Derechos de los consumidores 
TALLER DE TRABAJO.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Responsabilidad por daños en la vivienda.

3. Legislación autonómica. 

  • Andalucía. 
  • Documento Informativo Abreviado (DIA). (VER ANEXO 1)
  • Aragón. 
  • Asturias. 
    • El “Libro de la Vivienda” en el Principado de Asturias. 

    • (VER ANEXO 2)
  • Baleares. 
  • Canarias. 
  • Cantabria. 
  • Castilla y León. 
  • Castilla La Mancha. 
  • Cataluña. 

  • TALLER DE TRABAJO 
    Los derechos del consumidor de Cataluña en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. 
    1. Publicidad en la venta o alquiler de la vivienda. 
    2. Cláusulas del contrato de venta o alquiler de la vivienda 
    3. Obligaciones de los agentes de la edificación y profesionales inmobiliarios. 
      a. El promotor 
      b. El constructor 
      c. El administrador de fincas 
      d. El agente inmobiliario 
    4. Información al consumidor previa a la compra de la vivienda. 
      a. Oferta para la venta. Documentación precontractual 
      b. Requisitos para vender viviendas en construcción o recibir cantidades a cuenta 
      c. Requisitos para vender viviendas terminadas de obra nueva o recibir cantidades a cuenta 
      d. Documentación que se tiene que entregar al comprador 
      d.1. Viviendas nuevas 
      d.2. Viviendas de segunda mano 
      d.3. Firma del contrato de compraventa 
      d.4. Responsabilidad 
      d.5. Gastos de la compraventa 
    5. El consumidor en el alquiler de una vivienda 
      a. Oferta para el alquiler 
      b. Documentación que se tiene que entregar al arrendatario 
  • Extremadura 
  • Galicia. 

  • TALLER DE TRABAJO
    La inspección durante la edificación en Galicia. Decreto 262/2007, del 20 de diciembre, por el que se aprueban las normas del hábitat gallego. Ley 11/2004, de 19 de noviembre de 2004, de Inspección de Consumo de Galicia.
  • Madrid. 
  • Murcia. 
  • Navarra.
  • País Vasco 
  • C. Valenciana. 

  • TALLER DE TRABAJO.
    Ley 8/2004, de 20 octubre, de Vivienda de la Comunidad Valenciana
Capítulo 2.
Derechos de los consumidores y usuarios en relación con la vivienda 
1. La vivienda. 
2. Derechos de representación, consulta y participación 
3. Infracciones y sanciones 
4. Procedimiento. 
5. Limitaciones a la publicidad en materia de vivienda: Ley 34/1988, de 77 de noviembre, General de Publicidad.
6. Protección a los consumidores y usuarios. Acción de cesación y rectificación.
7. Información al consumidor en la compraventa y arrendamiento: Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas. 
8. Derechos de los consumidores en la oferta, promoción y publicidad, comunes a la compraventa y al arrendamiento de viviendas 
9. Derechos del consumidor en la oferta, promoción y publicidad de viviendas para su venta 
10. Percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas 
TALLER DE TRABAJO. 
Garantía de las cantidades entregadas a cuenta. 
11.  Acciones de cesación. 

TALLER DE TRABAJO. 
Consumo, Vivienda y Publicidad. Real Decreto 515/1989 de 21 de Abril de 1989 en conexión con los principios que informan a la LGCU y a la Ley General de Publicidad. 

1. ¿Qué condiciones deben reunir la oferta, promoción y publicidad dirigidas a la venta o arrendamiento de viviendas?. 
2. ¿Cuál es la información que los vendedores o arrendadores de viviendas han de tener a disposición del público, y, en su caso, de las autoridades competentes?. 
3. Publicidad y plazos de comienzo y finalización de obra. 
TALLER DE TRABAJO.
El valor de la publicidad en la venta de vivienda y la responsabilidad del promotor.

CHECK-LIST 

¿Qué precauciones debe tomar un promotor en la publicidad de las viviendas?
¿Puede una gestora de cooperativa de viviendas ofrecer suelo del que no dispone?
¿Qué precauciones debe tomar el consumidor?. 
¿Qué es el ¿ Documento Informativo Abreviado (DIA)?.
Capítulo 3. 
Los consumidores frente a los contratos privados de compraventa de viviendas 
1. La adquisición de viviendas nuevas. 
2. Las garantías de la Ley de Ordenación de la Edificación.
3. La intervención de agentes de la propiedad inmobiliaria. 
4. Libre elección de notario. 
5. Derechos del consumidor después de haber firmado el contrato: nulidad de las cláusulas abusivas. 
6. Cláusulas abusivas respecto a los gastos de documentación y tramitación y subrogación en préstamos. 

TALLER DE TRABAJO.
¿Es abusivo cargar la plusvalía municipal al comprador de una vivienda?

TALLER DE TRABAJO.
¿Quién paga la tasa de enganche al gas o al agua?. 

TALLER DE TRABAJO. 
Compraventa de vivienda sobre plano. Todo lo que  hay que saber. 
1. La compraventa de vivienda sobre plano. 
2. Derechos del consumidor tras la firma del contrato. 
3. Cláusulas abusivas. 

TALLER DE TRABAJO.
El promotor que vende sobre plano y entrega menos metros de los firmados.

TALLER DE TRABAJO.
Responsabilidad por daños en las  viviendas con defectos.

TALLER DE TRABAJO.
El Libro del edificio y sus implicaciones en la declaración de obra nueva a efectos de la Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de Suelo.

TALLER DE TRABAJO.
¿Si la obligación de redactar el Libro del Edificio es del Promotor, de qué sirve la Certificación del arquitecto?.

TALLER DE TRABAJO.
El promotor no respeta la memoria de acabados de la vivienda vendida. ¿Qué sucede?. 

TALLER DE TRABAJO.
Todo lo que hay que saber sobre la accesibilidad de las personas con discapacidad.

TALLER DE TRABAJO.
Certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Real Decreto 47/2007. 

CHECK-LIST 

Todos los pasos (precauciones legales) que debe dar un consumidor antes de comprar una vivienda.
1. Antes de la compra 
2. Examinar la situación jurídica de la vivienda. Registro de la Propiedad. 
3. El contrato de compra-venta. Precauciones en el documento privado y escritura pública. 
a. Arras 
b. Contrato. 
4. Impuestos del contrato de compraventa de vivienda. 
5. Precauciones y formalidades tras la firma del contrato. 
6. Garantías y responsabilidades de la edificación. 
Capítulo 4. 
Derechos del consumidor en el préstamo hipotecario para vivienda. 
1. Información 
2. Clases de  cláusulas abusivas 
a. Redondeo 
b. Cancelación anticipada. 
c. Exigencia de seguros 
Capítulo 5. 
Precauciones a favor del consumidor en el otorgamiento de escritura pública e inscripción registral. 
1. El control de legalidad notarial. 
2. La escritura de compraventa. 
3. La vivienda. 
a. Actividad urbanizadora y licencia municipal. 
b. Declaraciones de obra nueva y propiedad horizontal. 
4. La financiación de la vivienda. 
a. Subrogación. 
b. La posibilidad de aplazamiento del precio. 
Capítulo 6. 
Vivienda y Registro de la Propiedad. 
1. El Registro de la Propiedad 
2. La información registral previa a la compra de una vivienda. 
3. El registro protector tras la compra de la vivienda. 
4. Certificaciones y notas simples registrales. 
PARTE SEGUNDA. 
  • LA INSPECCIÓN DE CONSUMO EN VIVIENDA. 
<<<
Capítulo 7. 
Las inspecciones de consumo. 
1. La inspección de consumo. 
2. Los inspectores de consumo. 
3. Regulación autonómica de la inspección de consumo. 
4. Funciones y competencias de los órganos y personal de inspección 
5. Ámbito de la inspección de consumo. 
Inspección prioritaria o más intensa sobre ciertos productos o servicios. 
6. El Inspector de Consumo como autoridad o agente de la autoridad. 
7. Colaboradores de los Inspectores. 
8. Potestades de la Inspección y deberes de los administrados. 
9. Acceso a locales. 
10. Acceso y examen de la documentación del inspeccionado. 
11. Forma de requerir información y forma de darla. 
12. Potestades de la Inspección de consumo sobre terceros. 
13. Información facilitada por otras Administraciones. 
14. Independencia de los Servicios de Inspección. 
15. Inicio de la acción inspectora 
Iniciativa de los propios servicios de Inspección de Consumo. 
16. Programas, planes o campañas de inspección o control. 
17. Denuncias y solicitudes de los particulares. 
18. Participación de los inspeccionados en las diligencias de inspección. 

TALLER DE TRABAJO.
Cooperativa y consumo. Sanción de a una cooperativa por la falta de garantía de las cantidades percibidas a cuenta para la adquisición de la vivienda.

TALLER DE TRABAJO.
Cooperativas de vivienda y consumo. Repercusión al socio “comprador” del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (plusvalía). Imposición al socio comprador a realizar la escritura pública según el notario que la cooperativa designe.

CHECK-LIST 

1. ¿Es obligatorio que las cantidades aportadas a una cooperativa estén aseguradas por una compañía de seguros o avaladas por una entidad bancaria o caja de ahorros? 
2. Si el cooperativista se sale de la cooperativa por demora en la entrega, ¿hasta cuándo puede pedir el reembolso de sus aportaciones? 
3.  ¿Tiene la cooperativa obligación de informar de la fecha de entrega igual que un promotor normal?. 
4. La vivienda tiene desperfectos, ¿durante cuánto tiempo se puede reclamar en vía administrativa? 
5. Una persona quiere subrogarse a una cooperativa. El problema es que no sabe cuando le darán la vivienda, ya que en el contrato no indica nada. ¿Es eso legal? 
Capítulo 8. 
Constancia documental de la inspección. Las actas de inspección 
1.  Las actas de la Inspección de Consumo. 
2. Documentación adjunta al acta.
3. Supuestos en los que procede levantar acta.
4. Contenido y redacción de las actas. 
5. Informes complementarios de la Inspección. 
6. Valor probatorio de las actas de la Inspección de Consumo. Planteamiento. 
7. El procedimiento administrativo sancionador. 
8. Requisitos y limitaciones del valor probatorio de las actas de inspección de consumo. 

CHECK-LIST 

Un promotor recibe una notificación informativa de Consumo, ¿qué hacer?.
Un promotor recibe un acta de Inspección de consumo ¿cómo protegerse?.
PARTE TERCERA.
 
  • Formularios contractuales.
  • Modelo básico de compraventa de viviendas del Instituto Nacional de Consumo. 
PARTE CUARTA. 
  • Formularios. Desarrollo de una inspección de consumo.
<
A. DESARROLLO DE UNA INSPECCIÓN DE CONSUMO.
    1. ACUERDO DE INICIACIÓN 
    • Sanciones 
    • Antecedentes de hecho 
    • Hechos imputados 
    • Tipificación de los hechos 
    • Responsabilidad de los hechos 
    • Calificación de las infracciones 
    • Medidas de carácter provisional 
    • Plazo de resolución 
    2. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN 
    • Hechos imputados 
    • Actuaciones probatorias y alegaciones al acuerdo de iniciación. 
    • Hechos acreditados
    • Tipificación de los hechos 
    • Responsabilidad de los hechos 
    • Calificación de las infracciones 
    • Pago voluntario 
    • Sanciones 
    3. RESOLUCIÓN 
    • Antecedentes de hecho 
    • Actuaciones probatorias y alegaciones al acuerdo de iniciación 
    • Alegaciones a la propuesta de resolución. 
    • Hechos acreditados 
    • Tipificación de los hechos. 
    • Responsabilidad de los hechos 
    • Calificación de las infracciones 
    • Pago voluntario 
    4. MODELO DE RECURSO
B. NOTIFICACIÓN DE ACTA DE INSPECCIÓN DE CONSUMO Y PUBLICACIÓN EN BOLETÍN OFICIAL.
  • Notificación de acta de inspección de consumo y publicación en Boletín Oficial.
  • La inspección de consumo acredita que a pesar de haber elevado a escritura pública su venta durante los meses de mayo y junio del presente año, no se ha hecho entrega a ningún propietario de las mismas del preceptivo Libro del Edificio.
  • Doble venta y carencia de la preceptiva nota explicativa conteniendo la información detallada y clara en cuanto al precio de venta de dichos inmuebles.
  • La inspección de consumo acredita que a pesar de haber recibido cantidades anticipadas por los compradores de estas doce últimas viviendas, la firma inculpada carece de los preceptivos avales individuales correspondientes a la totalidad de los contratos suscritos con aquéllos.
C. NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR DE CONSUMO EN VENTA DE VIVIENDA POR LA EXISTENCIA DE DEFECTOS CONSTRUCTIVOS EN EL SOLADO. 
<
ANEXO 1 
  • Documento Informativo Abreviado (DIA).
ANEXO 2 
  • El “Libro de la Vivienda” en el Principado de Asturias.
ANEXO 3
  • Cláusulas abusivas. 
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Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.